Intervención en el Ilustre colegio de Abogados de Madrid, 6 de Abril de 2017
Muy buenas tardes a todas y a todos los presentes. Quiero comenzar expresando mi agradecimiento, en nombre de la Federación Estatal de Foros por la Memoria, al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, por darnos esta oportunidad de presentar y debatir la propuesta de una Ley de Víctimas del franquismo en la sede una institución tan importante y significativa.
Vídeo del acto celebrado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
Pido disculpas de antemano por si utilizo incorrectamente algún término o concepto, puesto que al parecer soy el único no jurista de la mesa (ya que provengo del campo de la historia contemporánea), y entiendo que en el auditorio que hoy nos escucha hay una amplia representación de profesionales y expertos del Derecho.
Como he dicho, una Ley integral de Víctimas del franquismo es la propuesta central como Federación Estatal de Foros por la Memoria: hemos creído necesario desarrollar una proposición sistematizada en la que llevamos trabajando algún tiempo.
Hemos elaborado un amplio borrador, abierto a modificaciones y a sugerencias para su mejora y ampliación. El debate que estamos celebrando tiene este fin. El texto se ha enviado a expertos y se está discutiendo su viabilidad con fuerzas políticas y sociales. Vamos a celebrar 3 debates en Madrid, 2 de ellos con expertos en Justicia Internacional y Derechos humanos en el ICAM (el de hoy, y otro en el próximo mes Mayo), y uno posterior con los responsables de Memoria Histórica de diversas fuerzas parlamentarias.
El Proyecto de LVF Se basa en dos ideas: primero, que el Estado español niega a las Víctimas del franquismo el reconocimiento jurídico y los derechos y beneficios que se conceden a otros colectivos de víctimas. La diferencia de trato no tiene base jurídica ni lógica conforme a la definición de víctima de NNUU. En segundo lugar, creemos que es indispensable que el Estado asuma las recomendaciones de los organismos internacionales de DDHH.
La Ley de Víctimas del franquismo debe partir del principio de que las víctimas del franquismo son víctimas de graves violaciones de derechos humanos. Coincidimos con el fiscal Carlos Castresana cuando escribía en junio de 2013:
"...las víctimas del franquismo tendrían que tener el mismo estatuto jurídico que tienen las víctimas del terrorismo, ni mejor ni peor, exactamente el mismo. Son víctimas de la violencia política, y si unas tienen derecho a la memoria y a la justicia y a la reparación, no veo por qué las otras no"
El Documento en el que estamos trabajando comienza con un Preámbulo o Declaración de Motivos para justificar la necesidad de que, 40 años después de la muerte física del dictador, sea necesaria e inaplazable una Ley de Víctimas del franquismo.
El Borrador de Ley de Víctimas del franquismo parte del reconocimiento jurídico de las víctimas, y continúa con una serie de propuestas concretas, agrupadas en los tres grandes bloques de Derechos establecidos por Naciones Unidas para las víctimas de agresiones de derechos humanos: el Derecho a la Verdad, el Derecho a la Justicia y el Derecho a la Reparación.
Buena parte del trabajo que hemos realizado se sustenta en diversos documentos: La Ley de Víctimas del terrorismo aprobada por el Parlamento en septiembre por 2011; y los dos Informes sobre el caso español presentados en septiembre de 2014 al Consejo de Derechos Humanos de la ONU, uno por el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias, y el otro, por el Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. También nos hemos inspirado en el llamado “Manifiesto de la Dignidad” presentado en 2014 por el Colectivo de Víctimas del Terrorismo del País Vasco.
Una Ley de Víctimas del franquismo vendría a solventar definitivamente el agravio comparativo que se ha venido produciendo sobre las víctimas del franquismo con respecto a otros colectivos de víctimas que sí han tenido un reconocimiento legal, una consideración justa y cuya problemática se ha atendido por parte del Estado español. Lo más sangrante es que el elemento diferenciador entre unos y otros colectivos no es su carácter de víctimas en sí, conforme a la definición de Naciones Unidas, sino que lo que las diferencia a todos los efectos es la identidad de los victimarios.
La impunidad del franquismo vigente en el estado español, no sólo ha seguido preservando hasta el día de hoy la impunidad penal de los verdugos, sino que implica el no reconocimiento jurídico y político de sus víctimas, y en consecuencia, la negación a todos los efectos de sus derechos a la Verdad, a la Justicia y a cualquier forma de Reparación material y simbólica. El franquismo fue un régimen ilegal que, a partir del secuestro de la soberanía nacional por los golpistas del 18 de julio, ejerció la violencia en múltiples formas contra la sociedad practicando el terrorismo de Estado, sirviéndose para ello de las leyes y de las instituciones: el ejército, las fuerzas de seguridad, el sistema judicial, la legislación represiva emanada del gobierno y de las Cortes franquistas… Por tanto, la responsabilidad que tiene el Estado español con respecto a las víctimas del franquismo es de mayor entidad y más directa que con respecto a otros colectivos de víctimas, con las que sí se ha buscado hacer justicia, incluso elaborando una legislación específica para ello.
La negativa por parte del Estado español a anular las sentencias franquistas en nombre de la seguridad jurídica, tal y como quedó establecido en la Ley de Memoria Histórica de 2007, supone de hecho la asunción de su plena responsabilidad en las consecuencias de la legislación represiva del franquismo. El hecho (excepcional entre los países de nuestro entorno) de que el estado de derecho democrático no se haya sustentado en la ruptura legal con el franquismo, y que todas las sentencias represivas franquistas sigan siendo firmes y legales a día de hoy, supone por parte del Estado democrático el reconocimiento explícito de su responsabilidad en los abusos y las agresiones a los derechos humanos cometidos por la dictadura.
Además debemos considerar que no sólo son víctimas del franquismo quienes fueron objeto de alguna o varias de las múltiples formas de represión ejercidas por la dictadura, sino que en un sentido amplio, lo fue el conjunto de la sociedad española.
Este Proyecto no pretende ser una ley de víctimas de la guerra civil en general. En primer lugar porque la equidistancia y la igualación entre quienes defendieron la democracia y quienes la agredieron debería ser éticamente inaceptable por una sociedad democrática. Pero sobre todo, porque el trato proporcionado a unas víctimas y a otras por parte del Estado español, tanto en dictadura como en democracia, ha sido con respecto a las víctimas del franquismo abrumadoramente injusto y discriminatorio.
Las víctimas, por definición injustas, que se produjeron en la retaguardia republicana durante los meses iniciales de la guerra civil, producto del colapso del estado republicano a partir del golpe militar del 18 de julio de 1936, fueron beneficiarias (tanto los supervivientes como todas las familias) de unas políticas de reparación intensivas que tomaron múltiples formas: indemnizaciones; pensiones; privilegios en el acceso a empleos públicos; concesiones de gasolineras, estancos, despachos de quinielas y otros negocios; facilidades en el acceso a titulaciones académicas, etc… Pero sobre todo, recibieron un reconocimiento público prolongado, multiforme y unívoco. Y todo ello desde el primer momento, a pesar de las difíciles circunstancias de la posguerra y de la guerra mundial, que por ejemplo, no impidieron la exhumación rápida y completa de todos los enterramientos de víctimas afines al nuevo régimen.
Por el contrario, las víctimas del franquismo y sus familias, no sólo han tenido que soportar décadas de políticas públicas de silencio y olvido que apenas se corrigieron tras el fin de la dictadura, sino que además tuvieron que seguir padeciendo durante muchos años múltiples formas de represión y perpetuación de la injusticia. Si alguien realizó políticas de memoria colectiva apabullantes que se prolongaron durante cuarenta años, ese fue el franquismo, adoptando múltiples formas para interferir en los más habituales actos de la vida cotidiana de todos los españoles, en línea con su pretensión declarada de constituirse en Estado totalitario.
Uno de los objetivos fundamentales de una Ley de Víctimas del franquismo debe ser corregir esta enorme injusticia y desagraviar en lo posible, tras el tiempo transcurrido, a las víctimas de tanta ignominia. Y no sólo por las víctimas: la pervivencia de una situación tan injusta, como pudiera ser la existencia de miles de fosas comunes clandestinas (no olvidemos que la desaparición forzada es un delito de carácter permanente) en nuestra opinión pone en cuestión la vigencia plena del Estado de Derecho.
También se debe tener en consideración que la represión franquista no sólo afecta a hechos producidos durante la guerra civil de 1936-1939 y los años inmediatamente posteriores. La dictadura y sus políticas represivas se extendieron hasta al menos, las elecciones democráticas de 1977, cuando no hasta la promulgación de la Constitución de 1978. Es decir, que múltiples hechos criminales como torturas y asesinatos, son coetáneos con las violaciones de derechos humanos que siguen siendo perseguidas, que han sido juzgadas y han terminado por lo general con contundentes condenas penales en otros países del mundo, como los crímenes de las dictaduras del Cono Sur americano.
A modo de resumen, señalaré las principales líneas que se desarrollarían en el articulado en nuestra propuesta de Ley de Víctimas.
En el primer bloque, que titulamos “El Derecho a la verdad de las víctimas del franquismo. El Derecho y el Deber de verdad de la sociedad española”, hablamos, entre otros temas,
De la retirada de la simbología franquista
De declaraciones de naturaleza política y actos públicos de reconocimiento;
Del Mapa de fosas de personas desaparecidas;
Del tratamiento de los lugares de memoria;
Presentamos una propuesta avanzada sobre Legislación de Archivos y derecho de acceso a la información (a partir de trabajos y manifiestos por ejemplo, de asociaciones profesionales de archiveros, bibliotecarios, y documentalistas, de la lamentablemente desaparecida Cátedra Complutense “Memoria Histórica del siglo XX”, etc...).
En el bloque del “Derecho a la Justicia” tratamos, entre otras cuestiones
La Anulación de las sentencias franquistas, con una propuesta concreta por la que recomendamos seguir el procedimiento utilizado en la República Federal Alemana para la anulación de las sentencias represivas del nazismo (1998 y 2002), tal y como se desarrolla en un documento del Equipo Nizkor de derechos humanos, enviado a los diputados españoles en 2010.
La exhumación judicializada de todas las fosas comunes del franquismo, a partir de un plan nacional de búsqueda de personas desaparecidas, y un desarrollo legislativo sobre exhumaciones e identificación de víctimas. Defendemos que la Ley de Víctimas del franquismo debe manifestarse expresamente contra la privatización y la gestión administrativa de las fosas comunes, por cuanto se tratan en primer lugar, de pruebas de crímenes contra la Humanidad.
También consideramos que hay que dar una respuesta estatal al tema de los niños y niñas robados, a partir de la consideración de estas desapariciones forzadas como crímenes contra la humanidad, delitos permanentes e imprescriptibles. Todo ello dentro de una trama organizada con orígenes comunes y objetivos planificados, por lo que no deben ser tratados como delitos individualizados.
En el último bloque del “Derecho a la Reparación”, propugnamos la reparación material y/o simbólica de los diversos colectivos de víctimas, así como la creación de un Consejo participativo en la cual las víctimas, directamente o representadas por el movimiento asociativo, puedan manifestar las reivindicaciones específicas de cada colectivo: presos políticos; presos sociales; víctimas de torturas; represaliados económicos (sanciones, depuraciones de funcionarios, incautaciones de patrimonio...); víctimas del trabajo esclavo; reconocimiento de colectivos como la guerrilla antifranquista; militares leales a la República; militantes clandestinos antifranquistas; exiliados; deportados al sistema concentracionario nacionalsocialista; los llamados niños de la guerra, etc…
En resumen, proponemos a las fuerzas políticas la promulgación en esta legislatura de un bloque legal, centrado en la Ley de Víctimas del franquismo, pero que podría ir más allá, con una Ley de Archivos avanzada; una solución definitiva al tema de El Valle de Los Caídos, o la declaración de nulidad de la Ley de Amnistía de 1977 para impedir que siga actuando como ley de punto final y sea la clave de bóveda del sistema de impunidad.
Durante el segundo Encuentro de asociaciones de memoria histórica y de víctimas del franquismo celebrado en mayo de 2016 en Madrid, la estrategia de proponer a las fuerzas políticas una iniciativa legislativa común para la promulgación de una LVF, fue asumida por la totalidad de las organizaciones. Hoy constituye la propuesta política del conjunto de organizaciones adheridas al Encuentro de asociaciones y de memoria histórica y de víctimas del franquismo, y se inspira en la llamada Carta de Vicálvaro consensuada entre todas ellas en septiembre de 2015 y hoy suscrita por 88 organizaciones. Nuestro borrador constituye una de las bases (quizás la más completa y elaborada a día de hoy, pero no la única) para conformar una plataforma programática de las organizaciones memorialistas que se plasma en dicha propuesta de una Ley de Víctimas.
Esta iniciativa se ha trasladado a diversas fuerzas políticas y grupos institucionales, con buena acogida, pero también con cierta distancia por la concurrencia con las diversas iniciativas sobre memoria histórica de los grupos políticos. Nuestra propuesta, en el marco del Encuentro, será promover la convergencia estratégica del movimiento memorialista y de las fuerzas políticas sensibles a esta problemática en torno a una LVF. Debemos convencerlas de que ninguna de las múltiples iniciativas políticas particulares que se están presentando tiene futuro, y que deben aunar fuerzas a partir de la Carta de Vicálvaro y de las reivindicaciones y propuestas reales de las asociaciones memorialistas.
Para finalizar, nos ponemos a vuestra disposición para haceros llegar el borrador del documento de proposición de Ley de Víctimas del Franquismo a quien no lo tenga aún, así como para recoger vuestras sugerencias de corrección o ampliación, y para explicar pormenorizadamente nuestra propuesta.