Intervención en las II Jornadas "Archivos, Derechos Humanos y
Víctimas del franquismo"
Arturo Peinado Cano, Federación
Estatal de Foros por la Memoria,
Quiero comenzar agradeciendo a
la organización de estas II Jornadas la posibilidad de dirigirme a vosotras y a
vosotros, y transmitiros el saludo de la Federación Estatal de Foros por
la Memoria y de todos los compañeros/as
de los Foros federados, así como de la comisión Coordinadora del Encuentro de Colectivos
de memoria histórica y de víctimas del franquismo, que reúne a más de 90 organizaciones
de todo el Estado español y de Europa.
Nuestra propuesta como
Federación, tras llegar a la conclusión de que la única salida al problema de
la impunidad del franquismo pasa por la política, y debe solucionarse
legislando y anulando la legislación en la que se sustenta lo que
organizaciones internacionales denominan “modelo español de impunidad”, se ha plasmado
en una Ley Integral de Víctimas del franquismo. Hemos trabajado en un amplio
borrador, abierto a modificaciones y a ampliaciones. Se ha enviado a expertos y
se está discutiendo su viabilidad con fuerzas políticas y sociales.
El Proyecto de Ley de Víctimas
del franquismo se basa en dos ideas:
1. Que se ha
negado a las Víctimas del franquismo el reconocimiento jurídico y los derechos
y beneficios que se conceden a otros colectivos de víctimas.
2. Vemos
indispensable que el Estado asuma las recomendaciones de los organismos
internacionales de DDHH. La Ley de Víctimas del franquismo debe partir del
principio de que las víctimas del franquismo son víctimas de graves violaciones
de derechos humanos.
Coincidimos con el prestigioso
fiscal Carlos Castresana cuando escribía en junio de 2013: "...las víctimas del franquismo tendrían que tener el mismo estatuto
jurídico que tienen las víctimas del terrorismo, ni mejor ni peor, exactamente
el mismo. Son víctimas de la violencia política, y si unas tienen derecho a la
memoria y a la justicia y a la reparación, no veo por qué las otras no"
A diferencia de otros colectivos
de víctimas, a favor de las cuales se ha legislado ampliamente, que han sido
sobradamente reparadas y cuyos derechos han sido resarcidos, sólo las víctimas
del franquismo no han sido reconocidas jurídicamente por el Estado español. La
impunidad del franquismo vigente en el estado español, no sólo ha seguido
preservando hasta el día de hoy la impunidad penal de los verdugos, sino que
implica el no reconocimiento jurídico y político de sus víctimas, y en
consecuencia, la negación a todos los efectos de sus derechos a la Verdad, la
Justicia y a cualquier forma de Reparación material y simbólica, a pesar de las
exigencias al respecto de los organismos internacionales de Derechos Humanos.
Buena parte del trabajo que
hemos desarrollado se sustenta en otros documentos: La Ley de Víctimas del
terrorismo aprobada por el Parlamento en septiembre por 2011; y los dos
Informes sobre el caso español presentados en septiembre de 2014 al Consejo de
Derechos Humanos de la ONU, uno por el Grupo de Trabajo sobre las
Desapariciones Forzadas o Involuntarias, y el otro, por el Relator Especial
sobre la promoción de la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de
no repetición.
En cuanto a nuestra propuesta de
archivos en concreto, valoramos que los archivos juegan una función central en
la promoción y realización del Derecho a la Verdad. El Estado debe garantizar
el derecho de libre acceso a la información a todos los ciudadanos y ciudadanas,
y principalmente a las víctimas y familiares de la represión ejercida durante
la guerra civil y el franquismo.
No hemos desarrollado una
propuesta específica sobre archivos como una parte del proyecto de Ley de
Víctimas del franquismo, sino una declaración de principios y objetivos, porque
entendemos que es indispensable la promulgación de una Ley específica de acceso
a la información y un marco legislativo apropiado sobre archivos para
garantizar el acceso público a los mismos. Un política estatal de archivos afecta
a toda la sociedad y a múltiples colectivos (profesionales, de víctimas…), no
pudiendo plasmarse únicamente en una Ley que afecta a unos colectivos
concretos.
Como principio se ha de
reconocer el derecho de libre acceso, y la obligación de colaboración de los
responsables de los archivos con la Justicia, con las víctimas y sus
familiares, organizaciones de víctimas y de derechos humanos.
Esa Ley de Archivos debe revisar
los criterios aplicables en materia de privacidad y confidencialidad, de
conformidad con los estándares internacionales, prevaleciendo siempre el
Derecho a la Verdad.
En el caso de las víctimas de la
dictadura, las alegaciones de razones de “seguridad del Estado”, “protección
del honor” y protección de datos de carácter personal, para denegar solicitudes
de información debe, examinarse de manera restrictiva y aplicarse únicamente de
forma excepcional, puesto que se está frente a la investigación de agresiones
contra los derechos humanos. Además, el tiempo transcurrido hace cada vez menos
justificables las denegaciones de solicitud de acceso a documentos.
Los archivos deben contar con
los recursos adecuados para su correcta gestión, y los archiveros necesitan
respaldo legal y un marco jurídico claro para ejercer su profesión con
libertad, seguridad jurídica, transparencia e independencia.
Defendemos la desclasificación
inmediata de todos los documentos históricos del estado español, y que esta
desclasificación alcance a los Archivos Militares, Archivos del Ministerio del
Interior, Archivo del Ministerio de Asuntos Exteriores, Archivos Judiciales, Archivos
Hospitalarios y Archivos de Maternidades. Es necesario garantizar el derecho de
acceso a toda la información de los archivos que contengan documentación de
autoridades, organismos, instituciones, funcionarios y agentes del orden
público, que cometieron, consintieron o ampararon delitos contra los derechos
humanos, para hacer posible el derecho de Reparación y Justicia de las víctimas,
y el derecho y el deber de Verdad del conjunto de la sociedad.
Consideramos necesaria la
desclasificación y catalogación de todos los archivos diplomáticos, militares y
de inteligencia hasta la instauración del régimen democrático.
Es indispensable la redacción de
una Ley de Secretos Oficiales que derogue las leyes 9/1968 y 48/1978, que
permita la desclasificación automática de documentos, una vez hayan
transcurridos plazos similares a los que reconocen países de nuestro entorno: 30
años, y 50 para casos excepcionales.
Debe derogarse el punto 6º del
artículo 1º del Acuerdo entre el Estado Español y el Vaticano sobre Asuntos
Jurídicos, firmado el 3 de enero de 1979, que impide el acceso a los Archivos
de la Iglesia con fines académicos, de memoria histórica, e investigación de la
desaparición y adopción irregular de niños desde 1936 hasta nuestros días.
Por otro lado es inaplazable el
inventariado, catalogación y reorganización, con los medios avanzados que la
actual tecnología permite, de los archivos penales, judiciales, carcelarios,
militares, de inteligencia, municipales, etc…
Asimismo, las administraciones
deberían tomar medidas urgentes con el fin de evitar a toda costa destrucciones
incontroladas de documentos.
Termino agradeciendo de nuevo
vuestra invitación, y poniéndonos a vuestra disposición para la recepción de
propuestas e ideas con las que desarrollar y mejorar el proyecto de Ley de
Víctimas del franquismo.
BIBLIOGRAFÍA:
El papel de los
archivos en la defensa de los Derechos Humanos y la Memoria histórica.
Jornadas
Celebradas en Madrid, 4 y 5 de Abril de 2014
Federación Española de Asociaciones de Archiveros, Bibliotecarios,
Arqueólogos, Museólogos y Documentalistas (ANABAD)
Víctimas de la
Guerra civil y el régimen franquista: el desastre de los archivos, la
privatización de la verdad.
Amnistía Internacional. 30 de marzo de 2006
El Acceso a los
Archivos y la Memoria Histórica del siglo XX
Cátedra Complutense “Memoria Histórica del siglo XX”, Madrid, mayo de
2014
La cuestión de la
impunidad en España y los crímenes franquistas (Informe Nizkor)
Equipo Nizkor, 14 de abril de 2004
PROPUESTA PARA UN
LEY DE RECONOCIMIENTO Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO.
Federación Estatal de Foros por la Memoria, Septiembre de 2015