Intervención CURSO INTRODUCTORIO SOBRE
MEMORIA DEMOCRÁTICA Y JUSTICIA
Mesa
Redonda "Hablan los movimientos: fosas, la desbandá, la memoria feminista,
los crímenes de la transición”
Jueves,
18 de noviembre de 2021. Universidad Carlos III. Campus Puerta de Toledo (Ronda
de Toledo, 1)
Integrantes
de la Mesa:
• Llum Quiñonero
• María José Montero
• Manuel Ruiz
• Arturo Peinado.
Modera:
Ana García.
Arturo Peinado Cano. @apces
Presidente de la Federación Estatal de
Foros por la Memoria.
La
exhumación de fosas comunes del franquismo siguiendo protocolos científicos, a
partir del año 2002, por la llamada generación de los nietos, está en el origen
del movimiento social por la recuperación de la Memoria y de las políticas de
memoria que se han implementado desde entonces. El impacto social generado por
la visión de las víctimas de las fosas comunes, y cómo se ha presentado por los
medios de comunicación, ha hecho que la opinión pública identifique casi
automáticamente la exhumación de fosas comunes del franquismo con el sentido y
los objetivos del movimiento social por la recuperación de la memoria. Es
completamente erróneo e infinitamente más complejo.
La
percepción social se debe tanto al impacto que las imágenes de dichas
exhumaciones causan, como a la imagen simplificada que los medios de
comunicación trasmiten habitualmente sobre el sentido de las mismas.
El
problema radica en que en España, miles de personas ejecutadas
extrajudicialmente y hechas desaparecer por la fuerza, reciben el trato de
restos arqueológicos, en vez de víctimas de graves agresiones a los derechos
humanos, sin el requerimiento de apertura de un procedimiento judicial para
conocer no solo la identidad de los restos, sino también la causa y sus
responsables. Una fosa común del franquismo constituye, antes que cualquier
otra cosa, un conjunto de pruebas de crímenes. Por tanto, el modelo de
exhumación no judicializada que se ha impuesto implica deshacerse poco a poco
del “problema” buscando hacer permanente y definitiva la impunidad de los
crímenes.
Hoy,
las víctimas del franquismo continúan siendo tratadas como una excepción por el
Estado, que no reconoce su existencia y las mantiene en un limbo jurídico al
que no se aplican los procedimientos habituales de la Justicia.
La
Federación Estatal de Foros por la Memoria realizó una quincena de exhumaciones
de fosas comunes del franquismo en diferentes comunidades autónomas, entre 2003
y 2012. Todas se llevaron a cabo por profesionales de diversas disciplinas como
trabajo militante no remunerado, y en cada una de ellas presentamos denuncia
ante el juzgado natural por el tipo penal de crímenes contra la humanidad, con
un importante respaldo documental, histórico y jurídico. Es decir, exigiendo la
implicación de la Justicia en la exhumación conforme dispone la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, y en consonancia con lo establecido por el derecho
penal internacional de los derechos humanos. Ya en 2012 el magistrado retirado
del Tribunal Supremo José Antonio Martín Pallín animaba a presentar querellas
en cadena contra todos los jueces territoriales que no acudan a las fosas del
franquismo durante las exhumaciones. “Cuando se le dice al juez ‘venga a ver
este cráneo con un agujero de bala’ y no va, está prevaricando”.
Invariablemente
la respuesta que hemos recibido tras cada exhumación, ha sido el archivo de nuestras
denuncias (inmediatamente recurridas por nuestra parte a la instancia superior)
sin abrir una investigación, argumentando la primacía del derecho interno sobre
el internacional, la prescripción del delito, y en todo caso, aplicando la Ley
de Amnistía de 1977. Eso era lo que pasaba hasta 2012. Posteriormente, en las
dos últimas exhumaciones que llevamos a cabo (en Guadalajara y Málaga), nuestras
denuncias se archivaron en aplicación de la Ley de Memoria Histórica de 2007.
La sentencia de 2012 del Tribunal Supremo que absolvió al exjuez Garzón, dejó
claro que la vía de la Justicia quedaba cerrada para las víctimas del
franquismo.
La
desaparición forzada de las víctimas, la denegación explícita de justicia ha
supuesto un castigo post mortem (a lo que se añadieron las múltiples formas de
represión que tuvieron que soportar las familias y los supervivientes). Son
heridas que se han ido transmitiendo de una generación a otras.
Frente
a las demandas de familias y asociaciones el Estado optó por intentar
reconducir todo el proceso de exhumaciones a la vía administrativa, mediante la
Ley de Memoria de 2007. La Ley de memoria vigente niega explícitamente el
derecho a la Justicia de las víctimas y de sus familias, y además privatiza y
externaliza la gestión de las exhumaciones, subvencionando a familias,
asociaciones y profesionales.
Buena
parte de las leyes de memoria autonómicas insisten en ese modelo, al insistir
en legislar sobre la intervención en exhumaciones cuando no se tiene
competencia sobre Justicia, persevera en líneas generales en el modelo
privatizador y extrajudicial de exhumaciones.
La
solución que hasta ahora ha propugnado el Estado al problema de las fosas
comunes pasa por circunscribir las exhumaciones al ámbito estrictamente
personal y familiar, ajeno a otras consideraciones. Se niega a los familiares
el reconocimiento y el derecho a la justicia, y se utiliza su dolor y el
legítimo derecho a la recuperación de los restos del familiar asesinado,
haciéndoles creer que hacer justicia consiste exclusivamente en devolverles
unos restos mortales que fueron mal enterrados, y que eso es todo lo que deben
esperar.
Se
pretende que se desentierren los restos de nuestras compañeras y nuestros compañeros
enterrando definitivamente la Justicia, la Verdad y la Memoria, mediante la
ocultación a la sociedad del significado real de las exhumaciones,
circunscribiéndolas a actos privados formalmente humanitarios. Un entierro
“digno”, no recupera necesariamente la dignidad de las víctimas, ni les hace
Justicia.
Sobre el Proyecto
de Ley de Memoria Democrática, actualmente en tramitación parlamentaria,
valoramos que es un importante avance que la localización y exhumación de las
fosas comunes del franquismo se considere responsabilidad directa e ineludible
del Estado español. Sin embargo, no se garantiza la indispensable
judicialización de todo el proceso de exhumaciones e identificaciones, para
garantizar plenamente la Tutela Judicial Efectiva. Es irrenunciable que las
exhumaciones se realicen dentro de un procedimiento judicial que tenga en
cuenta los tipos de delitos, el necesario conocimiento de la verdad y que fije
los procedimientos acordes con el derecho internacional de derechos humanos. Ha
de tener en cuenta, además, los diferentes tipos de enterramientos
clandestinos, oficiales, etc... Demandamos a los poderes judiciales y al Estado
que asuman sus obligaciones, y elaboren un plan de exhumaciones para llevar a
cabo todas las que sean técnicamente viables, pero siempre judicializadas y
llevadas a cabo por parte de un juzgado o fiscalía especializada, dentro de un
procedimiento por el tipo penal de crímenes contra la humanidad.
Si no se producen previamente los cambios legislativos
indispensables, llevar a cabo exhumaciones extrajudiciales implicará la
destrucción irreversible de pruebas de crímenes contra la Humanidad, y supondrá
el triunfo final del franquismo al hacer definitivos sus designios: la
desaparición física de sus enemigos, su eliminación de la historia y la
impunidad de los victimarios.