El Encuentro Estatal
de Colectivos de la Memoria Histórica y de Víctimas del franquismo (Madrid,
octubre de 2015)
Artículo de Arturo Peinado Cano, presidente de la Federación Estatal de Foros por la Memoria, en la Revista "Nuestra Historia", Nº1, de la Sección de Historia de la FIM
http://www.fim.org.es/media/2/2304.pdf Página 220.
El
Encuentro
El
17 de octubre de 2015 tuvo lugar en Vicálvaro (Madrid) el "Encuentro
Estatal de Colectivos de la Memoria Histórica y de Víctimas del
franquismo", que reunió a delegaciones de 70 colectivos venidos de todos los
territorios del Estado, y del exilio español. En el referido Encuentro se
aprobó una Carta que recoge las principales reivindicaciones de este movimiento
social, y que constituye un mandato dirigido a ser tomado en consideración por
las instituciones del Estado español . (1)
Con
el lema “Convencidos de que sin Justicia no hay democracia, y de que sin
Memoria no hay cambio”, partía de la valoración unánime por los colectivos
convocados de encontrarnos en una situación, si no de cambio de régimen, sí de
crisis del sistema político. El presumible final del sistema bipartidista que
parecía iba a plasmarse en las elecciones del 20 de diciembre, fue interpretado
por el conjunto de las asociaciones como la apertura de una coyuntura favorable
para los intereses de las víctimas y sus asociaciones. Una coyuntura decisiva
de oportunidad y de riesgo, quizás la última para las víctimas del franquismo.
La constatación de la situación también explica la generosidad del conjunto de
las asociaciones participantes en los debates y el consenso finalmente
alcanzado.
Como
primera valoración del Encuentro destacamos que, por primera vez, 70
organizaciones se reunieron y elaboraron un documento común, lo que constituye
un éxito de todas y todos los participantes. El Movimiento Social por la
Recuperación de la Memoria (MSRM) se compone de múltiples organizaciones de
implantación estatal, autonómica, comarcal o local; asociaciones de víctimas
con problemática específica; colectivos vinculados a un lugar de memoria o a un
hecho histórico concreto; y además, cada uno de ellos con muy diverso origen
ideológico e histórico, y algunos con cierto nivel de vinculación con fuerzas
políticas y sociales. Por tanto, que un movimiento tan extenso y plural busque
organizarse para poner en común unas propuestas consensuadas, es una cuestión
de gran dificultad, y a su vez una muestra de generosidad al pretender poner
por delante lo común y lo esencial, por encima de los intereses y los
posicionamientos de cada colectivo. Consideremos que la pluralidad del
movimiento, si bien es un síntoma de debilidad también lo es de fortaleza,
porque históricamente ha dificultado la instrumentalización por parte de las
instituciones.
La
inminencia de las elecciones, coincidiendo con un momento en que el MSRM percibía
que el tema de la memoria histórica pretendía ser apartado del debate político,
y el convencimiento de que cuatro años más de gobiernos de la derecha
significarían el definitivo triunfo del modelo de impunidad, y el final del
movimiento memorialista y de la causa de las víctimas del franquismo, ha
posibilitado la confluencia de organizaciones muy diversas. El objetivo central
del Encuentro era impedir que el tema de la memoria histórica y los derechos de
las víctimas quedasen fuera de la agenda política en la coyuntura electoral,
construyendo una estrategia para influir en los debates y en los programas
electorales. Esta estrategia consistió en el envío a instituciones y a fuerzas
políticas del Documento aprobado en el Encuentro; la celebración de reuniones
bilaterales con los partidos; y por fin, la manifestación celebrada en Madrid
el 22 de noviembre.
Podemos
decir que el objetivo inicial se alcanzó: el MSRM consiguió introducir el tema
de la memoria histórica en el debate electoral. Los líderes políticos tuvieron
que pronunciarse al respecto con mayor o menor claridad, e incluso matizar y
rectificar públicamente declaraciones críticas con la lucha y las
reivindicaciones del movimiento memorialista. Asimismo, en los programas
electorales de los partidos del ámbito de la izquierda, se recogieron
propuestas del movimiento y del Encuentro de asociaciones, con diferentes
grados de concreción y de compromiso.
El
Documento
El
Documento aprobado en Vicálvaro parte de la exigencia del reconocimiento
jurídico de las víctimas del franquismo, para que posteriormente se garantice
la aplicación de los derechos a la Verdad, a la Justicia y a la Reparación
material y simbólica, tal y como se definen por la ONU, conforme al Derecho
Penal internacional de los Derechos Humanos. La impunidad del franquismo
vigente en el Estado español ha seguido persistiendo hasta el día de hoy, lo
que ha implicado el no reconocimiento jurídico y político de las víctimas, y en
consecuencia, la negación a todos los efectos de sus derechos.
Por
tanto, la Carta contempla la eliminación de las trabas jurídicas que impiden el
reconocimiento de los derechos de las víctimas; por un lado, la Ley de Amnistía
de 1977, que viene siendo utilizada por los tribunales para garantizar la
impunidad de los crímenes franquistas, y por otro, los elementos contrarios al
derecho internacional que existen en la Ley de Memoria de 2007, la cual
explícitamente niega el reconocimiento jurídico a las víctimas del franquismo y
su derecho a la justicia, y que además atribuye única y exclusivamente al
ámbito administrativo las reclamaciones de las víctimas.
Las
propuestas programáticas que contiene este documento encuentran su fundamento y
apoyo en los informes presentados en septiembre de 2014 en el Consejo de
Derechos Humanos de Naciones Unidas celebrado en Ginebra(2).
Los
debates
Para
alcanzar un consenso que pudiera vincular a todas las asociaciones presentes en
el Encuentro de Vicálvaro, así como las que pudieran adherirse posteriormente,
se optó como método de trabajo dejar fuera todo lo que no contara con un
respaldado unánime. Se consideró conveniente, en consecuencia, partir del
“mínimo común denominador” y redactar algunos puntos con una ambigüedad
calculada (como el tratamiento de la Ley de Amnistía de 1977; o la consideración
de las exhumaciones de fosas comunes, es decir, por quién y cómo deberían
llevarse a cabo). Temas controvertidos fueron así apartados de inicio de los
debates, y para otros se buscó una redacción ambigua, que pudiera satisfacer a
todas las organizaciones.
Dentro
del MSRM resulta especialmente controvertido desde hace años la viabilidad de
una Comisión de la Verdad (CdeV), dado que diversas organizaciones plantean que
esta iniciativa proporcionaría una “verdad oficial” que generaría consecuencias favorables a hacer
efectivos los derechos de las víctimas. Por el contrario, para otras
asociaciones la CdeV es un elemento de la justicia transicional y ésta,
obviamente, no es la situación en la que nos encontramos. De una CdeV oficial
(constituida por mandato parlamentario) sólo podría salir una verdad oficial
legitimadora del régimen de la transición, y por tanto de la impunidad del
franquismo y de los pactos más o menos explícitos de silencio y olvido (3) .
Ante
la divergencia irreconciliable de ambas posiciones, éste fue uno de los temas
que se optó por dejar apartado desde un principio, puesto que las
recomendaciones de los informes de la ONU tampoco concretan qué tipo de
políticas debe desarrollar el Estado español para hacer efectivo el Derecho a
la Verdad de las víctimas del franquismo.
Si
bien existe entre las organizaciones del MSRM un consenso generalizado sobre el
papel negativo de la Ley de Amnistía de 1977, se dan notables diferencias en
cuanto a cómo ha de solventarse este problema: Algunas organizaciones
interpretan la Ley de Amnistía como un éxito de la oposición antifranquista, y
rechazan las críticas a la misma, por cuanto supone para ellos el
cuestionamiento de parte de su biografía personal y de organizaciones políticas
o sindicales en las que militan. Otras, en cambio, definen la Ley como pilar
central de sistema de impunidad, y la cuestionan utilizando argumentos de
entidades internacionales de derechos humanos, que la asimilan a las leyes de
punto final de las dictaduras latinoamericanas de los años 70 y 80 del siglo
XX.
En
cuanto al tratamiento que habría que dar a dicha Ley, el MSRM se divide entre
las propuestas de derogación (dejar de tener vigencia a partir del momento en
que se deroga legalmente), y de anulación (deja sin efecto todas las sentencias
y resoluciones judiciales que se han sustentado en la aplicación de esa Ley).
La redacción final acordada fue: “Anulación de la Ley de Amnistía de 1977 en
los apartados que permiten la impunidad de los crímenes franquistas”.
Para
varias de las organizaciones participantes en el Encuentro, la llamada Querella
Argentina que se presentó en 2010 en el Juzgado Nacional Nº 1 de Buenos Aires,
tendrá unas consecuencias decisivas y definitivas en el desmantelamiento del
sistema de impunidad. Otras asociaciones, si bien no niegan el papel que la
Justicia Internacional puede tener en la resolución del “caso español”, creen
que ésta tiene unos límites, y que en todo caso, las reivindicaciones que se
recogen en el documento deben ir dirigidas al Estado español y a sus
instituciones políticas y judiciales (4) .
La
redacción consensuada definitiva quedó así: “Que el Estado español, en tanto
continúe haciendo una manifiesta dejación de su obligación de investigar y
perseguir los crímenes del franquismo, en virtud del principio de jurisdicción
universal, dé cumplimiento a las órdenes de detención y extradición de
criminales franquistas y demás requerimientos y diligencias de cooperación
cursadas por los tribunales extranjeros que decidan investigar estos delitos.
Este es el caso de la Causa 4591/2010 abierta ante la Justicia Argentina, o
cualquier otra que se inicie en el extranjero.”
Otro
debate importante que se dio en el Encuentro es definir qué tipo de iniciativa
institucional habría que promover para conseguir la plasmación política y legal
de las propuestas del documento: la exigencia de una ley específica de víctimas
del franquismo confrontó con otra propuesta, que consideraba que era más
conveniente la reforma de la Ley llamada de Memoria Histórica de 2007. En aras
del consenso no se optó por ninguna solución concreta, aunque el debate ha
quedado abierto porque es absolutamente ineludible. En nuestra opinión sólo una
Ley de Víctimas del franquismo vendría a solventar definitivamente el agravio
comparativo que se ha venido produciendo con respecto a otros colectivos de
víctimas que sí han tenido un reconocimiento legal, una consideración justa y
cuya problemática ha sido atendida ampliamente por parte del Estado español (5).
Retos
de futuro
El
Encuentro no debería convertirse en una mera coordinadora de asociaciones para
llevar a cabo iniciativas comunes y respaldar las actividades particulares de
cada una de ellas. El único futuro viable del Encuentro es que llegue a
convertirse en un mecanismo unitario de acción política en torno al Documento.
Si hubiera una nueva campaña electoral, para que de nuevo se presente a las
fuerzas contendientes como propuesta programática con la exigencia de que sea
asumido; si finalmente se conforma gobierno y la legislatura echa andar, para
que sea una propuesta de acción política, un plan de acción que se discuta y se
plasme en leyes y medidas concretas.
Para
ello hace falta una modificación organizativa y de funcionamiento,
constituyendo una dirección más dinámica y representativa que abarque a
organizaciones no madrileñas, superando a la actual comisión promotora. Esto
implicaría estabilizar el Encuentro con una estructura coordinadora mínima de
ámbito estatal, legitimada en sucesivas reuniones y que garantice su continuidad.
Tenemos
que asegurar que no se reabran debates (sí adaptarse a las nuevas realidades
que vayan apareciendo para dar respuesta a nuevos problemas), y que no se
cuestionen los consensos conseguidos con gran esfuerzo en Vicálvaro.
Otro
elemento de importancia fundamental es ampliar el Encuentro y lo que representa
a la parte del MSRM que, por diversas causas, no se sumó a la iniciativa del
mes de octubre. Si se analiza la lista de asociaciones participantes en el
encuentro y signatarias del documento, se observa que no hay representación
específica de zonas geográficas tan amplias e importantes como Andalucía o
Galicia, lo que supone un hándicap para las expectativas del futuro de la
iniciativa.
El
principal reto político, que ya hemos enunciado antes, es cómo convertir las
exigencias recogidas en el Documento, en leyes y medidas concretas. En debates
y reuniones mantenidos con las fuerzas políticas antes de las pasadas
elecciones generales para promover la inclusión en los programas electorales de
las propuestas del Documento, se planteó la posibilidad o la necesidad de un
Pacto de Estado para solucionar el “problema” de las víctimas del franquismo,
dado que los diferentes documentos y del Consejo de Derechos Humanos de
Naciones Unidas sobre el caso español, han tenido una repercusión interna e
internacional indudable, aunque hayan sido obviados por el Estado español.
Deducimos
que el tema de las fosas comunes ha llegado a ser percibido por las fuerzas
políticas como un problema de Estado, al que debería darse una solución
definitiva en un plazo no demasiado largo, y que podría contar con un amplio
consenso. Todo ello ha supuesto una indudable conquista del MSRM gracias a años
de permanente denuncia y reivindicación, y consecuentemente, a las impactantes
imágenes de las exhumaciones e historias personales que han sido conocidas por
la opinión pública.
La
actividad de parte de las organizaciones que formamos parte del MSRM, así como
la distorsión intencionada por parte de los medios, han hecho calar en la
opinión pública la idea de que nuestro único objetivo es la exhumación de
restos cadavéricos para entregarlos a sus familias, sin importar cómo, por qué
ni para qué. Este tipo de medidas han venido siendo avaladas hasta ahora por
buena parte del MSRM, también participante de la dinámica de la exhumación por
sí misma, justificada en el humanitarismo y en la urgencia de la edad de las
víctimas y sus hijos.
Creemos
que es probable que en la legislatura que ahora se abre, se pretenda dar al
“problema” de las fosas comunes del franquismo una solución como la que se ha
venido aportando hasta ahora, en línea con lo recogido por la Ley de Memoria de
2007, es decir, utilizando mecanismos ajenos a la justicia, mediante el sistema
de privatización y servicios funerarios externalizados, con la diferencia de
que ahora se le proporcionaría una suficiente dotación económica, frente a lo
que ha hecho el gobierno del Partido Popular en los últimos cuatro años. En esa
línea de continuismo con los gobiernos de Rodríguez Zapatero se mueve el
acuerdo de gobierno firmado el 23 de febrero entre PSOE y Cs, consistente en
revitalizar la Ley de Memoria de 2007 “incorporando la dotación presupuestaria
que en su caso sea necesaria”.
Esta
es una salida inaceptable. Las fosas comunes del franquismo no son sólo un
asunto familiar, sino pruebas materiales de crímenes de lesa humanidad (el tipo
penal aplicable sería la desaparición forzada, por tanto, delito permanente e
imprescriptible), y como tal deben ser tratadas, es decir, que todas y cada una
de las exhumaciones deben ser judicializadas. Todo lo que no se haga en ese
sentido es apuntalar la impunidad, favorecer el silencio y la injusticia, y a
la postre, certificar el triunfo final del franquismo sobre sus víctimas y
sobre la sociedad.
El
tema de las sentencias franquistas, que siguen siendo firmes y legales, es otro
elemento que difícilmente podrá incluirse en un Pacto de Estado con
consecuencias satisfactorias. Con la reciente reforma de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), algunos juristas interpretan que se abre una
puerta para dar una solución a la vigencia de las sentencias represivas del
franquismo. Según estos juristas se han establecido mecanismos para que el
órgano judicial competente, la Sala de lo Militar del Supremo, pueda revisar
las sentencias de manera individualizada (6) .
A
nuestro parecer esto sería un camino erróneo hacia la solución del problema,
por cuanto implicaría el reconocimiento de la legalidad del conjunto de la
legislación represiva franquista y sus sentencias, y además porque centenares
de miles de ellas quedarían sin revisar, puesto que muchos de los represaliados
carecen de familias o estas pueden no tener interés alguno en iniciar el
procedimiento. El único camino justo, por tanto, es la anulación por el
parlamento de todas las sentencias franquistas, tal y como se hizo, por
ejemplo, con las sentencias nacionalsocialistas por la República Federal
Alemana en 1998 y 2002 (7) .
Como
base para una verdadera política integral de Derechos Humanos y de Memoria
democrática, el Estado español “sencillamente” tendría que cumplir con las
obligaciones que ha ido adquiriendo en materia de derechos humanos,
garantizando que se incorpore la normativa internacional a la legislación
española (lo cual es un mandato constitucional que no siempre se respeta), y
debería actuar sin subterfugios, por ejemplo, ratificando ya, la “Convención
sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de
lesa humanidad”, otra exigencia recogida en la Carta de las asociaciones.
Conclusión
Nos
produce recelo un Pacto de Estado, porque éste podría ser utilizado por las
fuerzas políticas para alcanzar un acuerdo inevitablemente a la baja, un
subterfugio mediante el cual el Estado español pueda seguir incumpliendo sus obligaciones.
En
la última asamblea de la Federación Estatal de Foros por la Memoria, los
servicios jurídicos analizaron que el marco idóneo para promover el desarrollo
de legislación sobre Víctimas del franquismo sería una ponencia en la Comisión
de Justicia del Congreso de los Diputados. Esta ponencia debería ser promovida
simultáneamente por varios grupos parlamentarios; con su correspondiente fase
de redacción, comparecencias, consultas y dictámenes…; y las conclusiones
finales se trasladarían al pleno del Congreso como propuestas legislativas.
Ésta
podría ser una estrategia asumible por las organizaciones en el marco del
Encuentro, sirviéndonos del Documento colectivo como propuesta a las fuerzas
políticas. Debemos ser conscientes de que, en caso de prosperar la iniciativa y
una vez puesta en marcha, perderíamos completamente su control y puede acabar
siendo utilizada para alcanzar consecuencias no deseadas e incluso opuestas a
las reivindicaciones del Documento, en la línea del presumible Pacto de Estado que
rechazamos explícitamente.
En
conclusión, no debería hacer falta un pacto de Estado para que un gobierno
democrático respete el derecho internacional, ni para que cumpla la hoja de
ruta que Naciones Unidas ha establecido para el tratamiento de los crímenes del
franquismo. Tampoco para que una oposición democrática respalde una política de
Estado en ese sentido. Para todo ello sólo hace falta voluntad democrática y
compromiso con los derechos humanos, es decir, lo que no ha habido hasta ahora.
De ahí la importancia de la propuesta colectiva recogida en el Documento
consensuado en Vicálvaro. Pero si algo hemos aprendido en los años de historia
del MSRM, es que nada se consigue sin trabajo, sin movilización y sin acciones
reivindicativas de cara a la opinión pública.
Quizás
la Carta de las más de 70 asociaciones no sea el mejor documento colectivo de
la historia del movimiento memorialista, pero ningún otro con un carácter
programático tan extenso ha contado con tal grado de apoyo. Y sin lugar a
dudas, será en el futuro el documento de referencia a la hora de presentar las
propuestas del conjunto del MSRM, en busca de soluciones políticas y legales al
problema de las víctimas del franquismo.
(1)
“Carta aprobada en el Encuentro Estatal de Colectivos de Memoria Histórica y de
Víctimas del Franquismo”. Federación Estatal de Foros por la Memoria, 17 de
Octubre de 2015, http://www.foroporlamemoria.info/2015/10/carta-aprobada-en-el-encuentro-estatal-de-colectivos-de-memoria-historica-y-de-victimas-del-franquismo/ (Consulta: 2 de marzo de 2016).
(2)
Naciones Unidas- Consejo de Derechos Humanos. “Informe sobre España del Grupo
de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias”, 2 de Julio de
2014. https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G14/072/73/PDF/G1407273.pdf (Consulta: 2 de marzo de 2016). Naciones
Unidas -Consejo de Derechos Humanos, “Informe sobre España del Relator Especial
sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de
no repetición, Pablo de Greiff”, en Federación Estatal de Foros por la Memoria,
22 de Julio de 2014. http://www.foroporlamemoria.info/wp-content/uploads/2014/08/ONU-agosto-2014-InformeRelatorPablodeGreiff.pdf (Consulta 2 de marzo de 2016).
Federación
Estatal de Foros por la Memoria, “Comisión de la Verdad versus Justicia”, 14 de
octubre de 2012 http://www.foroporlamemoria.info/2012/10/comision-de-la-verdad-versus-justicia/
(Consulta 2 de marzo de 2016).
(4)
http://www.ceaqua.org/querella-argentina/
(Consulta 2 de marzo de 2016).
(5)
Federación Estatal de Foros por la Memoria, “Propuesta para una Ley de Víctimas
de reconocimiento y protección integral de las víctimas del franquismo”, 1 de
septiembre de 2015, http://www.foroporlamemoria.info/wp-content/uploads/2015/09/Propuesta-LVF-FEFM-sept-2015-1.0.pdf
(Consulta 2 de marzo de 2016).
(6)
Ángel García Fontanet, “Una vía de rehabilitación”, El País, 27 de noviembre de
2015.
(7)
Equipo Nizkor, “Texto de la carta-informe enviada a cada uno de los diputados
de todos los grupos parlamentarios acerca de la nulidad de las leyes y
sentencias nacionalsocialistas en Alemania”, Febrero de 2010. http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/nulidad1.html
(Consulta: 2 de marzo de 2016).