viernes, 12 de septiembre de 2014

Prólogo al libro del I Encuentro Internacional de Memoria Histórica "De la dictadura a la democracia. Modelos de Transición y derechos humanos". Sevilla, Junio de 2012


Los pueblos nunca son amnésicos. Amnistía no es amnesia. La tradición es un recurso de la memoria colectiva, pero también hay otros, menos inofensivos Tampoco los gobiernos son amnésicos, aunque a veces intentan ser olvidadores. Curiosamente su forma de olvidar suele ser proselitista, ya que su objetivo es que los demás también olviden.

"El amnésico y el olvidador" (Mario Benedetti)



Arturo Peinado Cano
Federación Estatal de Foros por la Memoria


La celebración del I Encuentro Internacional de memoria histórica "De la dictadura a la democracia: modelos de transición y derechos humanos", llevado a cabo en Sevilla del 20 al 24 de Junio de 2012,  ha supuesto un enorme reto organizativo para el Foro por la Memoria de Andalucía. Los y las intervinientes son especialistas y activistas de la memoria histórica y la lucha por los derechos humanos, de muy diferentes tradiciones nacionales, partícipes de procesos históricos muy diversos, y pertenecientes a organizaciones de planteamientos ideológicos y de tipología muy amplia. En dicho Encuentro expresaron la complejidad de los trabajos relacionados, y al tiempo, la riqueza que podía extraerse de tan amplia pluralidad de puntos de vista. A esta complejidad en el planteamiento inicial se sumó una serie de conferencias itinerantes, que se realizaron previamente a modo de presentación del Encuentro, en otras ciudades tales como Madrid, Jaén, Granada, Huelva y Málaga.

El reto de las ponencias y debates fue obtener, más que una suma y acumulación de planteamientos, una síntesis y conclusiones comunes. Esto es lo que, con este libro, ponemos a consideración del lector, especialista, activista, o simplemente interesado en los temas tratados. En opinión de la Federación Estatal de Foros por la Memoria, de la cual forma parte el Foro por la Memoria de Andalucía, las expectativas inicialmente planteadas se han cubierto ampliamente.

La propia metodología, combinando conflictos y procesos nacionales concretos con el objetivo general de las ponencias de los y las especialistas, definió los grandes temas a tratar. Estos temas, como el propio subtítulo indica, fueron la comparación de modelos, de sistemas de impunidad, de justicia transicional (en los casos donde se ha producido) y de las diferentes políticas de memoria aplicadas.

Como primera diferencia entre unos y otros casos pudimos comprobar cómo, en algunos países, la sociedad civil reflexiona sobre ese pasado traumático y lo debate abiertamente de manera natural. En otros, es un fantasma que las sociedades evitan plantearse mientras el sistema político resultante del proceso de transición no es suficientemente estable. Se encuentra la sociedad “atada” por pactos más o menos explícitos de silencio e impunidad, o por élites políticas y económicas con capacidad para limitar, ocultar y frenar el debate público.

En líneas muy generales, comprobamos que el desarrollo y resultado final de los procesos de transición a la democracia están determinados en gran parte por estos elementos (1):



  • La prolongación de la dictadura en el tiempo.
  • Cómo se ha producido el cambio de poder: si el régimen ha sido derrocado de manera violenta o se ha producido una salida negociada.
  • Cuanto más debilitada llega al proceso la élite procedente del viejo régimen más amplio es el campo de maniobra para las políticas de justicia transicional (2).
  • La evolución de la correlación de fuerzas entre los diferentes actores políticos del proceso: la oposición pactista y reformista; los defensores de la dictadura en su versión más inmutable; la oposición rupturista; y los sectores que pretenden la pervivencia del status social y político obtenido en la dictadura, pero entienden la inevitabilidad del advenimiento de la democracia y quieren controlar el proceso y establecer sus límites.
  • El grado de violencia de la represión ejercida: en el tiempo, cuantitativa, cualitativa, y los sectores sociales más afectados.
  • El grado de clandestinidad-permisividad de la actividad opositora durante la dictadura.El grado de implicación y complicidad de los sistemas judiciales en la represión (justicia militar, ordinaria, represión extrajudicial…)




Coincidimos con Aguilar y Barahona. Op.Cit. (pág. 47), en que "los países que tienen las tradiciones e instituciones democráticas más débiles son los que están menos preparados para llevar a cabo políticas adecuadas para saldar cuentas con el pasado. Sin embargo, es allí donde el alcance y la ocultación de la represión ha sido mayores, las víctimas son más numerosas y por tanto la necesidad de esas políticas es más acuciante".

Una vez estabilizado el camino a la democracia, cuando es evidente que no es posible la vuelta al pasado, se puede entrar en una fase posterior caracterizada por los intentos de desmantelamiento de unos sistemas de impunidad, establecidos como medida de seguridad por la dictadura en fase de extinción y, en su caso, pactados con la oposición democrática. El resultado final de esta fase depende de otros actores y circunstancias, en especial del papel de los movimientos sociales y de las movilizaciones de lucha contra la impunidad: la influencia y la capacidad de presión sobre toda la sociedad de las víctimas y las organizaciones de derechos humanos; la actitud de formaciones políticas democráticas que lucharon contra la dictadura; el nivel  de compromiso de sectores de la justicia con la defensa de los derechos humanos; la capacidad de influencia en sentido contrario de los sectores implicados y beneficiarios de la represión; los efectos psicológicos de la represión que permanecen en la sociedad… Hay que destacar que los organismos de derechos humanos y los tribunales  internacionales de justicia (en especial en América Latina) han proporcionado un gran apoyo político y legal a la lucha contra la impunidad, presionando a los nuevos gobiernos democráticos, promoviendo investigaciones sobre las violaciones de los derechos humanos, y emitiendo resoluciones contra las leyes de amnistía y de punto final.

Otros temas que se debatieron en Sevilla fueron el controvertido papel que, en el desmantelamiento de las dictaduras y el cuestionamiento de los sistemas de impunidad, han tenido las comisiones de la verdad y documentos como el Informe Sábato o el Informe Valech (3). No menos importante es el análisis, a modo de conclusión y balance, del alcance real y efectivo de los procedimientos penales abiertos contra asesinos y torturadores, y de políticas de depuración y lustración de funcionarios públicos implicados en violaciones de derechos humanos. En el Encuentro se contrastaron los diferentes modelos de desmantelamiento del sistema de impunidad (donde ello se ha conseguido, obviamente) dentro de un proceso de profundización de la democracia, teniendo su máxima expresión en la derogación de leyes de punto final y obediencia debida. También se analizó cómo se daban importantes resistencias políticas y judiciales al desmantelamiento del modelo (caso de la Ley de Amnistía de 1977 en España). Como puede comprobarse, se trata de un tema enormemente complejo, con múltiples ramificaciones y matices. Al final lo que se analiza y compara es hasta dónde se ha llegado, en cada uno de los casos, en la consecución de los derechos de las víctimas de agresiones a los derechos humanos, tal y como se definen por los organismos internacionales y por el derecho penal internacional. Se concretan en los consabidos derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación (4).


El “increíble” caso español.

Si algo ha mostrado la puesta en común de experiencias y datos sobre las políticas de memoria y la defensa de los derechos humanos en diversas naciones, es que la situación en el Estado español (el ámbito de actuación de Federación Estatal de Foros por la Memoria) es, por lo general, comparativamente peor que en la mayoría de los otros países, y que incluso podríamos hablar de coyuntura actual de retroceso.

El modelo español de transición, que fue publicitado en los años 70 y 80 como modélico y exportable, en el fondo significaba el intento de difundir el sistema de impunidad en que se sustentaba dicha transición: impunidad penal absoluta, impunidad política con el “lavado” del pasado de responsables de la dictadura, y las garantías del sistema socio-económico en cuya defensa se alzaron los golpistas del 36, a lo que se sumaba lo expoliado durante una dictadura de cuarenta años por los sectores vinculados al régimen, mediante el robo, el crimen y la corrupción cotidiana generalizada. A día de hoy pervive, como discurso oficial, la defensa numantina de la versión idílica de la Transición española, en contraste con la percepción cada vez más crítica de especialistas, que ya pueden analizar el desarrollo del proceso y sus resultados con la perspectiva histórica de tres décadas.

La construcción mítica de la Transición española a la democracia se explicita en un discurso con los recurrentes “leit motiv”: el amplísimo consenso y la total limpieza democrática que caracterizaron un proceso que fue, por parte de la sociedad, totalmente consciente, sin miedos y sin víctimas; la consecución final de un régimen de plenas libertades otorgadas por un monarca clarividente, demócrata “de toda la vida”, respaldado por políticos tocados por “la gracia”; la ocultación y negación del papel de la oposición política, de la sociedad, y de los movimientos sociales en el fin de la dictadura, etc (5). Sin embargo, la exposición pública del modelo de impunidad que vienen realizando en la última década las asociaciones de víctimas del franquismo, el movimiento por la recuperación de la memoria democrática, y las organizaciones de derechos humanos, cuestiona esta versión mítica de la Transición, así como el hecho de  la pervivencia de miles de asesinados y asesinadas en fosas comunes clandestinas, que  cuestiona la plena vigencia efectiva del Estado de Derecho. Por el contrario, el régimen actualmente vigente encuentra su máxima legitimación en esa construcción “mítica” de la Transición, y en la negación de los pactos de silencio y olvido con respecto a las víctimas de la dictadura que se dieron en los inicios de dicho proceso.


España renuncia a la jurisdicción internacional (6)

La jurisdicción universal es un principio del Derecho Internacional por el cual los tribunales de cualquier país pueden, e incluso en algunos casos tienen la obligación de investigar y juzgar a las personas responsables de crímenes cometidos fuera de su territorio, aún cuando las víctimas o los supuestos responsables no posean la nacionalidad de ese Estado; y aún cuando el crimen no haya afectado ni directa o indirectamente los intereses del país. En consecuencia, es un mecanismo establecido en los Tratados Internacionales para combatir la impunidad de los crímenes contra los derechos humanos y para garantizar la protección de los derechos de las víctimas, por encima de principios asentados como el principio de soberanía nacional y, dada la trascendencia de los bienes jurídicos protegidos, los cuales son objeto de protección por la comunidad internacional.

El principio de jurisdicción universal está arraigado en el Derecho Internacional, pero es cada vez más evidente su retroceso en los derechos internos de los países. Ha sufrido un importante frenazo con la reforma realizada en España en 2009, consensuada por las dos fuerzas parlamentarias mayoritarias, que ha desnaturalizado y vaciado de contenido al principio. Esta reforma implica lamentables consecuencias en el ámbito internacional, porque supone un retroceso para la lucha universal contra la impunidad, y porque puede afectar, a su vez, a la regulación del principio en el derecho internacional. A partir de la “contrarreforma” española, se exige que se cumpla alguno de los siguientes requisitos para poder abrir un proceso: que los presuntos responsables se encuentren en España, que existan víctimas de nacionalidad española o que se constate alguna conexión relevante con España. En cualquier caso, que en ningún otro país o en un Tribunal internacional esté abierto otro procedimiento paralelo que suponga la investigación y persecución de los hechos.

Que el retroceso se haya dado en España es especialmente grave, ya que el impacto internacional que produjo el caso Pinochet estimuló el activismo para buscar justicia por crímenes que habían quedado impunes en otras partes del mundo, y que tenían posibilidad de ser investigados por los tribunales españoles. La iniciativa legislativa para limitar el contenido y la posibilidad de aplicación efectiva por España de la justicia universal, parece tener su origen en la presión de gobiernos extranjeros (se habló en ese momento de los EE.UU e Israel), involucrados en alguno de los casos que se habían denunciado en los tribunales españoles.


Pervivencia del Modelo Español de Impunidad

La sentencia del Tribunal Supremo de España del 27 de febrero de 2012, que absolvía al entonces juez Baltasar Garzón de la acusación de prevaricación por haber iniciado en 2008 un procedimiento contra los crímenes del franquismo, dejó explícita la vigencia del llamado “Modelo Español de Impunidad”, tal y como explica la Federación Estatal de Foros por la Memoria en un documento (7). Dicho Modelo de Impunidad se sustenta en tres pilares fundamentales:

1.     La Ley de Amnistía de 1977; Es plenamente asimilable a las leyes de punto final auto-otorgadas por diversas dictaduras, fundamentalmente en el cono sur americano. Este tipo de legislación es incompatible con las leyes internacionales de los derechos humanos, y en el caso concreto de la ley española, su revocación – sin entrar en si debe ser derogada o anulada- ha sido solicitada por diversos organismos internacionales, como el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas.

La Ley de Amnistía española de de 1977, recoge:
Artículo Segundo
En todo caso están comprendidos en la amnistía (…)
e.     Los delitos y faltas que pudieran haber cometido las autoridades, funcionarios y agentes del orden público, con motivo u ocasión de la investigación y persecución de los actos incluidos en esta Ley.
f.      Los delitos cometidos por los funcionarios y agentes del orden público contra el ejercicio de los derechos de las personas.

Numerosos tratados internacionales ratificados por el estado Español, como por ejemplo el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 4 de Noviembre de 1950, o el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 16 de Diciembre de 1966, prohíben las amnistías de graves violaciones de los derechos humanos. Sin embargo la Ley de Amnistía no sólo continúa en vigor, sino que no parece que en un horizonte cercano vaya a darse una iniciativa política viable, dirigida a su inaplicación o anulación. De cualquier modo, desde la Federación Estatal de Foros por la Memoria entendemos que la Ley de Amnistía no es de aplicación para el tipo penal de crímenes contra la Humanidad, tal y como viene haciéndolo la mayor parte de la comunidad jurídica internacional (Argentina, Chile, Guatemala) o también, como venía aplicando la justicia española en los casos argentino, chileno, etc.

2.     La Ley de la Memoria Histórica de 2007 certifica la plena vigencia de la legalidad del franquismo y su continuidad después de 1977, manteniendo por ejemplo, como firmes y legales, todas las sentencias producidas por la legislación represiva del franquismo. Asimismo, circunscribe al ámbito exclusivamente administrativo la exhumación de centenares de fosas comunes (en sí mismas pruebas de crímenes contra la humanidad), y les niega explícitamente a las víctimas y a sus familias el acceso a la justicia, e incluso el mismo reconocimiento de la categoría de víctima. El Consejo General del Poder Judicial, el gobierno de los jueces, ha reconocido, tras hacerse pública la citada sentencia del 2 de febrero de 2012, que la Ley de la Memoria agota todas las vías reivindicativas de justicia, en relación con los crímenes franquistas.

Por otro lado, tal y como queda definida por su preámbulo, la Ley de 2007 establece como principio el reconocimiento de una memoria privada, personal y familiar, frente a la memoria colectiva, social y democrática (y el derecho y el deber de memoria de la sociedad), renunciando expresamente a la realización de políticas públicas de memoria democrática y de reparación simbólica con respecto a las víctimas del franquismo.

A modo de resumen:
La llamada Ley de la Memoria histórica no da satisfacción a los tres elementos que conforman los programas de justicia de transición de las dictaduras a las democracias. Sirven las siguientes palabras de Margalida Capellá para calificar el momento en que se encuentra ahora el proceso español: “Ni verdad, ni justicia, sólo reparación y aún a medias. (8).

3.     Consecuencias legales para las víctimas del franquismo de la sentencia absolutoria del procedimiento contra el Juez Baltasar Garzón por prevaricación.

En la sentencia del 27 de febrero de 2012 el máximo tribunal del Poder Judicial español excede el objeto del proceso que le correspondía resolver, consistente en la existencia de un delito de prevaricación imputado al ex juez Baltasar Garzón, emitiendo distintos razonamientos jurídicos y políticos con los que pretende justificar la imposibilidad de persecución en España de las violaciones a los derechos humanos y otros delitos cometidos por la dictadura. Lo más grave es que también resuelve que las demandas de justicia de las víctimas del franquismo no puedan ser amparadas por el poder judicial español.

La sentencia considera el Auto de 2008 sobre los crímenes del franquismo un cúmulo encadenado de "errores", y establece una única verdad oficial: que es improcedente aplicar la irretroactividad del derecho internacional a los crímenes del franquismo, en todo caso prescritos y amnistiados. La sentencia defiende un modelo transicional que se fundamenta en la no persecución de los delitos cometidos durante la dictadura como modelo de reconciliación nacional, para lo cual realiza una interpretación restrictiva del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y mantiene la prevalencia de las normas de derecho interno. En consecuencia, a partir de esta sentencia ya no hay lugar para los "errores": el magistrado que aplique la legislación de derechos humanos ya no se está “equivocando”, ni se le concede el mínimo espacio para la interpretación de la ley. No tiene otra opción que archivar las denuncias por violaciones de derechos humanos producidas durante el franquismo. La sentencia actúa como evidente arma de amedrentamiento y coacción contra cualquier juez que tenga la osadía de abrir un procedimiento por una denuncia de víctimas del franquismo, asociación memorialista u organización de derechos humanos.



La situación actual de las víctimas del franquismo en España

El pasado 24 de agosto de 2012, se hacía pública una ‘Declaración del Gobierno con motivo del Día de las Víctimas de Desapariciones Forzosas’, aprobada en Consejo de Ministros el viernes 24 de agosto de 2012 (9), en la que podía leerse:

“(…) Asimismo, se declara que el Gobierno de España sigue trabajando en todos los ámbitos en la prevención y la lucha contra las desapariciones forzadas, de manera que todas las personas puedan ejercer plenamente sus derechos y disfrutar así de una ciudadanía democrática verdadera y plena.

Ellos se enmarca, además, en la promoción y el respeto de los derechos humanos y lucha por erradicar de la sociedad toda violación a los derechos humanos y, muy específicamente, las desapariciones forzadas, que constituyen una absoluta prioridad del Gobierno de España”


En respuesta, la Federación Estatal de Foros por la Memoria denunciaba la Declaración pública del Gobierno, contradictoria con su manifiesta falta de voluntad para investigar las desapariciones forzadas en España. Se explicaba en dicho comunicado que para el Estado español hay una inmensa excepción, un agujero negro en la categoría de víctimas de agresiones a los derechos humanos: cuando esas víctimas son los defensores de la legalidad democrática republicana durante la guerra civil, y en general, todas las víctimas de la dictadura, y el centenar largo de asesinatos producidos durante la transición a manos de la extrema derecha y de unas fuerzas del orden formadas en los métodos represivos de la dictadura. Ya hemos explicado que la funesta Ley de de Memoria de 2007 niega expresamente el derecho de acceso a la Justicia a las víctimas del franquismo.

Según la Resolución 40/34, de 29 de noviembre de 1985 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, esta es la definición de víctima:
Se entiende por víctimas a las personas que, individual o colectivamente, hayan padecido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de sus derechos y libertades fundamentales, que afecten su dignidad, incluidas todas las acciones que proscriben el abuso de poder (…)Además, en la expresión “víctima” se incluye, en su caso, a los familiares o personas a cargo que tengan relación inmediata con la víctima directa y a las personas que hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización.”

En la España actual se continúa presentando como algo natural que las víctimas del franquismo, que tuvieron que callar durante los 36 años de dictadura y convivir con los asesinos y torturadores de sus padres y abuelos, aún tengan que seguir en silencio. Se les exige que no remuevan heridas “cerradas”, e incluso que dejen de buscar a sus familiares desaparecidos en los enterramientos clandestinos. Es más, los símbolos de exaltación y homenaje de jerarcas de la dictadura, militares golpistas y criminales de guerra, permanecen en las calles de abundantes poblaciones de España. Mientras tanto, las víctimas de ETA pueden llorar a sus familiares, enterrarlos dignamente, conmemorar los aniversarios de su desaparición o secuestro y ejercer presión sobre las políticas del Gobierno en determinados ámbitos. Todo ello por no hablar de ser objeto de una legislación específica, y de políticas de reparación material y simbólica de las que son generosamente beneficiarias ¿Pero cuál es realmente la diferencia entre uno y otro tipo de víctimas? ¿No pueden ser ambos tipos subsumibles dentro del concepto de Víctima, tal y como lo considera la definición de Naciones Unidas? No las diferencia su definición como víctimas, sino la identidad de los victimarios. El modelo de impunidad español tiene tal ámbito de influencia que no sólo actúa garantizando la impunidad de los criminales, sino que niega la propia existencia de las víctimas. Si hasta 1977 la Ley de Amnistía certificó la impunidad, de ahí en adelante lo que se impuso es el no reconocimiento legal y la indefensión judicial de las víctimas del franquismo, todo ello unido a la aplicación de políticas públicas activas de olvido. Sin embargo, desde la Federación Estatal de Foros por la Memoria, consideramos que la responsabilidad del Estado con respecto a las víctimas del franquismo debiera ser significativamente más relevante que hacia el resto de tipos de víctimas porque:

1. La transición de la dictadura a la democracia se hizo de la Ley a la Ley, sin que se produjera ruptura de la legalidad en ningún momento. El hecho de que -Ley de Memoria mediante- el Estado, en nombre de la seguridad jurídica, se niegue a anular las sentencias producidas por aplicación de la legislación represiva del franquismo, implica un flagrante reconocimiento de su responsabilidad.
2. La reciente legislación a favor de las víctimas del terrorismo afecta a un colectivo perjudicado por la lucha de una organización “particular” contra el Estado. El franquismo, en cambio, es terrorismo de Estado contra la sociedad, que utilizó para ello resortes, medios e instituciones estatales: el ejército, las fuerzas de seguridad, la ley, el sistema judicial, etc.

El abandono de las víctimas del franquismo no es sólo jurídico: ningún responsable político del régimen de la democracia ha pedido jamás perdón por el papel de las instituciones del Estado en la represión ejercida durante cuarenta años. Algo que, por ejemplo, sí han hecho gobernantes de otros países europeos, en representación de estados democráticos surgidos o reconstruidos tras la derrota del nazismo y de sus adláteres colaboracionistas. En contraste, en los actos puntuales de reparación simbólica que se realizan en España, jamás hay representación oficial. Si hay presencia de políticos o cargos institucionales lo es a título personal, aunque se trate de homenajes a diputados, alcaldes, militares leales al régimen democrático legal asaltado en 1936.

En España se está intentando construir una nueva lectura legitimadora del actual  régimen, en torno a las víctimas del terrorismo, respaldado por un fuerte aparato legislativo, y por unas intensas políticas de memoria pública. Quizás como respuesta el resquebrajamiento de la versión mítica de la Transición. En contraste, la indefensión jurídica y el abandono con respecto a políticas públicas de memoria en que se encuentran las víctimas del franquismo, por cuanto son contrarias a los derechos humanos y al derecho internacional, ponen en cuestión la vigencia plena del Estado de Derecho.

Como primera conclusión.

Nos permitimos aquí adelantar alguna de las conclusiones, que entendemos, pudieron extraerse, a modo de síntesis, por los participantes del I Encuentro Internacional de memoria histórica de Sevilla.

En primer lugar, la importancia de mantener y de recuperar la memoria de las luchas pasadas en la defensa de los derechos humanos, sociales y políticos, como referentes comunes ante los retos y las posibles agresiones a las que presumiblemente habremos de hacer frente en el futuro.

Por otro lado, incluso a pesar del nombre dado a algunas de las Comisiones de la Verdad o informes sobre la represión de las dictaduras, que han tenido un papel determinado en las transiciones a la democracia y en la justicia transicional, entendemos que la reconciliación en una sociedad no es posible mientras pervivan espacios de injusticia y de impunidad.

Ha quedado meridianamente claro que hay una absoluta interdependencia de las luchas por los derechos humanos; que los avances y retrocesos en cada ámbito afectan al conjunto. Cada derrota de la impunidad, por nimia que parezca, cada sentencia condenatoria de unos represores en cualquier lugar del mundo, cada anulación de una ley de punto final, es una conquista del conjunto y de cada parte del movimiento por los derechos humanos y de toda la humanidad progresista. No sólo vivimos en un marco de globalización de la economía o de la comunicación, se hace perentoria la edificación de un nuevo Internacionalismo de la Memoria, de la Justicia y de los Derechos, por el que estamos dispuestos apostar decididamente.



(1) AGUILAR FERNÁNDEZ, PALOMA Y BARAHONA DE BRITO, ALEXANDRA (eds.) Las políticas hacia el pasado: Juicios, depuraciones, perdón y olvido en las nuevas democracias, ISTMO, Madrid, 2002


(2) Lumbierres, Joana.
Claves para entender qué es la Justicia Transicional.
United Explanations, 19/09/2012


(3) Cuya Esteban, Las Comisiones de la verdad en América Latina
Nürnberger Menschenrechtszentrum (Centro de Derechos Humanos de Nuremberg)


(4) La explicación pormenorizada de los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación, de su aplicación efectiva y alcance, puede estudiarse en los siguientes documentos:

Informe JOINET. Organización de las Naciones Unidas. Comisión de Derechos Humanos. Distr. General E/CN. 4/Sub. 2/1997/20/Rev.1 2 octubre de 1997
La Administración de Justicia y los Derechos Humanos de los detenidos
La cuestión de la impunidad de los autores de violaciones de los derechos humanos (civiles y políticos). Informe final elaborado y revisado por M. Joinet en aplicación de la decisión 1996/119 de la Subcomisión.

Documento del Ararteko (Defensoría del Pueblo Vasco). Enero de 2012
Verdad, Justicia y Reparación de las víctimas de la dictadura franquista: Significado y políticas públicas en la comunidad autónoma del País Vasco.

Gómez Isa, Felipe
"El derecho de las víctimas a la reparación por violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos", en
GÓMEZ ISA, FELIPE (Dir.) El Derecho a la Memoria. Instituto de Derechos Humanos Pedro Arrupe- Universidad de Deusto 2006


(5) Sartorius, Nicolás y Sabio, Alberto
El final de la dictadura
Temas de Hoy, 2007


(6) Sobre la renuncia del Estado español a la jurisdicción universal, es interesante la lectura de:

Abad Castelos, Montserrat
La persecución restringida de los delitos que lesionan valores esenciales de la comunidad internacional, ¿Sigue existiendo la jurisdicción universal en España?
Universitas. Revista de Filosofía, Derecho y Política, nº 15, enero 2012


Amnistía Internacional
"España: ejercer la jurisdicción universal para acabar con la impunidad"
15 de Octubre de 2008


(7) Federación Estatal de Foros por la Memoria
Garzón absuelto. Las víctimas condenadas. Informe sobre la Sentencia del Tribunal Supremo por la que se absuelve a Baltasar Garzón por la investigación de los crímenes del franquismo. Marzo de 2012


(8)
Martín Pallín, José Antonio y Escudero Alday,  Rafael “De malas leyes, peores reglamentos: el desarrollo de la Ley de la memoria histórica”
Jueces para la Democracia, Nº 66, 2009 , pág. 5


(9) (9) Declaración del Gobierno con motivo del Día de las Víctimas de Desapariciones Forzosa’, aprobada en Consejo de Ministros del Reino de España, el viernes 24 de agosto de 2012

Federación Estatal de Foros por la Memoria
“La Declaración del Gobierno sobre las Desapariciones Forzadas es una provocación intolerable a las víctimas del franquismo”
28 agosto 2012


España no cumple sobre desapariciones forzadas y víctimas del franquismo



Madrid, 10 de septiembre de 2014

Desde la Asociación Española por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Amnistía Internacional, Asociación Pro Derechos Humanos de España y Rights International Spain nos dirigimos a usted en relación con dos informes publicados en las últimas semanas por dos mecanismos de las Naciones Unidas: el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias (el Grupo de Trabajo) y el Relator Especial para la promoción de la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de no Repetición (el Relator) [1]; relativos a sus visitas realizadas a España en septiembre de 2013 y enero-febrero de 2014, respectivamente. Dichos informes serán presentados al Consejo de Derechos Humanos durante su 27ª período de sesiones los días 10 y 12 de septiembre.

En opinión de las organizaciones firmantes, las conclusiones y recomendaciones que formulan ambos mecanismos al Estado español demuestran que España no ha cumplido y continúa sin cumplir con sus obligaciones internacionales en esta materia.

Entre las preocupaciones y consideraciones formuladas por ambos mecanismos internacionales, las organizaciones desean llamar la atención sobre las siguientes:

Falta de tipificación de la desaparición forzada en el Código Penal español
En cuanto a la desaparición forzada, el Grupo de Trabajo concluye que “la tipificación española no es suficiente en materia de desapariciones forzadas”. “El Código español no contiene un delito autónomo de desaparición forzada ya que los delitos mencionados carecen de todos los elementos constitutivos de una desaparición forzada. No requieren la participación de un agente estatal ni prevén la posibilidad de la tolerancia, aquiescencia, o cooperación estatal en el caso de comisión de una desaparición forzada por un particular o grupo de particulares. Solo cubren el supuesto de detención ilegal o secuestro, mientras que la Declaración se refiere a otras posibilidades como el arresto, el traslado de personas contra su voluntad, o “que éstas resulten privadas de su libertad de alguna otra forma”. Además, la fórmula utilizada por el Código Penal (“no dar razón del paradero de la víctima”) no es lo suficientemente amplia para abarcar el tercer elemento constitutivo de una desaparición forzada de personas, a saber la negativa a reconocer la privación de libertad o el ocultamiento de la suerte o el paradero de la protección de la víctima. Por último, el Código Penal omite estipular que la consecuencia de la desaparición es sustraer a la persona de la protección de la ley” (para 13).

Asimismo, el Relator recuerda que “además de los estándares internacionales que establecen la imprescriptibilidad de delitos de lesa humanidad, el derecho internacional establece que, en relación con los casos de desaparición forzada, los plazos de prescripción deben contar a partir del momento en que cesa la desaparición forzada, es decir, desde que la persona aparece con vida o se encuentran sus restos”. El Relator Especial nota con preocupación que las autoridades niegan “el carácter continuado de la desaparición forzada, presentando este principio como un sinsentido jurídico”.

Críticas al Poder Judicial: No aplicación o interpretación errónea del derecho internacional y falta de investigaciones. Especial mención a la Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de febrero de 2012
El Grupo de Trabajo ha afirmado que “la combinación de un marco legislativo deficiente, una judicatura que no ha interpretado la ley a la luz del derecho internacional de los derechos humanos, fiscales que no han impulsado las investigaciones y la presencia de la Ley de Amnistía y en particular, la interpretación judicial dada a dicha Ley, han creado un patrón de impunidad para los casos de desapariciones forzadas ocurridos durante la Guerra Civil y la dictadura” (para 37). El Grupo de Trabajo igualmente resalta que “no hay ninguna investigación judicial efectiva en contra de una persona determinada en curso, ni hay persona alguna condenada por las desapariciones durante la Guerra Civil y la dictadura” (para 37). Por otro lado, y en relación con las exhumaciones, el Grupo de Trabajo observa que “los jueces, fiscales o policías no se personan en el lugar, con el argumento de que ello no formaría parte de una investigación penal. Esta decisión constituye una omisión grave de parte de las autoridades judiciales y de procuración de justicia de investigar de oficio la potencial comisión de cualquier delito y especialmente una desaparición forzada” por lo que “[h]asta tanto y en cuanto no se realice la apropiada identificación científica de los restos, fechas y causas de las muertes y no haya una determinación judicial de la configuración de un delito, de los posibles responsables y si operan causas de extinción de la acción o la pena, los jueces no pueden a priori prejuzgar sobre las mismas a riesgo de violar principios fundamentales del derecho”. (párr. 46)

Por su parte, el Relator, manifiesta que “es en el ámbito de la justicia donde se observan mayores déficit en el tratamiento de los legados de las violaciones de derechos humanos cometidas durante la Guerra Civil y el franquismo” (para 67). Asimismo, el Relator apunta al “excesivo formalismo” y a las interpretaciones “restrictivas” de algunas normas del ordenamiento jurídico español por parte de los tribunales de justicia, lo que tiene como efecto “[negar] el acceso a la justicia” e “[impedir] cualquier tipo de investigación”. El Relator también señala que “No abrir investigaciones o archivarlas sin que los jueces siquiera conozcan los hechos” contradice las obligaciones internacionales de España. Asimismo, “[el] modelo de privatización de las exhumaciones alimenta la indiferencia de las instituciones estatales, incluidas las autoridades judiciales”.

En relación a la sentencia del Tribunal Supremo 101/2012, en la causa especial sobre la causa 20048/2009 (en la que el Alto Tribunal impide investigar los crímenes de derecho internacional cometidos durante la guerra civil y el franquismo), el Grupo de Trabajo cuestiona los argumentos esgrimidos por el Tribunal (que los delitos estarían prescritos, que los presuntos responsables estarían muertos, que el carácter permanente de las desapariciones sería una ficción inaceptable jurídicamente y, de todas maneras, que sería aplicable a ellos la Ley de Amnistía de 1977) y sostiene que “[e]sta combinación de factores es contraria a los principios que emergen de las obligaciones internacionales de España“. De hecho, el Grupo de Trabajo constata que a partir de dicha sentencia “prácticamente ningún juez inició, continuó o profundizó ni ningún fiscal impulsó investigación alguna sobre desapariciones forzadas. Si bien esta situación ya existía con anterioridad, las decisiones del Tribunal Supremo dieron nuevos argumentos a los jueces inferiores para no avanzar en las causas judiciales” (párr. 40). En la misma línea, el Relator expresa su preocupación por el contenido de tal decisión, ya que la misma “habría solidificado la tendencia de los jueces a archivar casos similares que les son presentados” (párr. 77).

La Ley de Amnistía
El Grupo de Trabajo alerta que “la aplicación de la ley de amnistía es contraria a los principios que emergen de las obligaciones internacionales de España” (para 39).

Por su lado, el Relator “reitera las recomendaciones formuladas por varios mecanismos internacionales sobre la incompatibilidad de los efectos de la ley de amnistía con las obligaciones internacionales adquiridas por España”. Además, destaca que “no habría impedimentos en el sistema judicial para revisar o anular las disposiciones de la Ley 46/1977 que fueran incompatibles con las obligaciones internacionales” y que “nada en la ley vigente impide expresamente el desarrollo de investigaciones”. El Relator recalca que “el acto de extinción de la responsabilidad criminal sólo podrá realizarse una vez determinados los hechos, las responsabilidades y las penas, en el marco de una investigación judicial. O, al menos, no hay nada en el texto de la Ley que impida intentar llegar a tal determinación”, así como que “sólo podrá aplicarse la amnistía cuando las autoridades judiciales hayan primero determinado si los presuntos responsables eran funcionarios y agentes del orden público, o no, y si los delitos fueron cometidos en las circunstancias descritas [contra el ejercicio de los derechos de las personas]. Esto no puede presuponerse, sólo puede establecerse a través de investigaciones, aunque sean preliminares, que cuenten con la oficialidad, el rigor y metodología que caracteriza las investigaciones judiciales” (párr. 82).

Jurisdicción universal y cooperación judicial con otros Estados
Ambos mecanismos se han referido, por un lado, a la reforma de la jurisdicción universal, y a las preocupaciones en torno a la colaboración por parte de España con la justicia de otros estados; en particular la argentina, donde se encuentra abierta una investigación por los crímenes de derecho internacional cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo.

En materia de jurisdicción universal, el Grupo de Trabajo recuerda que “la Ley Orgánica 1/2009 ha restringido de manera considerable la competencia de los tribunales españoles y la aplicación del principio de jurisdicción universal. En aplicación de esta Ley por lo menos dos querellas que incluían alegaciones de desapariciones forzadas han sido archivadas. Un nuevo marco legislativo aprobado con posterioridad a la visita restringe aún más el alcance de la jurisdicción universal” (para 49).

De igual manera, el Relator reitera su “preocupación por las sucesivas reformas de 2009 y 2014 de la Ley Orgánica 6/1985 que limitan significativamente la posibilidad de que los juzgados españoles puedan ejercer su jurisdicción sobre crímenes internacionales graves, como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra”.

En cuanto a la colaboración de España con la justicia argentina, el Grupo de Trabajo, por su parte, destaca que diversas fuentes le informaron “que no siempre las autoridades habrían cooperado adecuadamente con la justicia argentina. Al respecto, el Grupo de Trabajo resalta la importancia de la cooperación judicial y que el artículo 277 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial dispone: ‘Los Juzgados y Tribunales españoles prestarán a las autoridades judiciales extranjeras la cooperación que les soliciten para el desempeño de su función jurisdiccional, de conformidad con lo establecido en los tratados y convenios internacionales en los que España sea parte [...]’” (para 50).

El Relator asimismo recuerda “la obligación internacional del Estado de extraditar o juzgar y que sólo podrá denegarse la extradición de los acusados si la justicia española inicia las investigaciones y juzga a los responsables” (para 84).

Recursos de revisión: anulación de las sentencias de tribunales creados durante la Guerra Civil y el franquismo
El Relator hace notar a España que “persisten reclamos de víctimas y sus familiares exigiendo la reparación efectiva de estas violaciones, declarándose la nulidad de estas sentencias”. Y que “la nulidad no representa sólo una reparación simbólica, sino que terminaría los efectos legales de estas sentencias” (para 13).

También lamenta que “las autoridades judiciales invoquen el principio de seguridad jurídica por encima de los derechos de las víctimas, el derecho a la justicia y los principios del debido proceso”, en los recursos de revisión. Asimismo, “lamenta que el Gobierno y el Poder Legislativo no hayan aún prestado suficiente atención a esta cuestión” (para 97).

A la luz de todo lo expuesto, la Asociación Española por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Asociación Pro Derechos Humanos de España, Amnistía Internacional y Rights International Spain solicitan, en virtud de las competencias que atañen a su cartera, que:

Se dé la más amplia difusión posible a estos informes para impulsar el conocimiento de los mismos dentro de la administración de la justicia.
Se adopten medidas inmediatas para aplicar plenamente las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias y el Relator Especial para la promoción de la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de no Repetición. En particular:
En relación a las recomendaciones del Grupo de Trabajo:

Actuar con la debida urgencia y celeridad en materia de desapariciones forzadas de acuerdo a lo requerido por la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y otros estándares y obligaciones internacionales.
Tipificar la desaparición forzada de personas como un delito autónomo, ajustado a la definición contenida en la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y que sea punible con penas apropiadas que tengan en cuenta su extrema gravedad.
Estipular expresamente que el delito autónomo de desaparición forzada es imprescriptible o, en su defecto, considerando el régimen de prescripción vigente en España en relación con los delitos de carácter permanente, establecer en la legislación que los plazos de prescripción se cuenten efectivamente a partir del momento en que cesa la desaparición forzada, es decir, desde que la persona aparece con vida, se encuentran sus restos o se restituye su identidad.
Aplicar de manera consistente, por parte del Poder Judicial, en particular por los más altos tribunales como el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo, la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y otros instrumentos internacionales aplicables al caso.
Investigar de oficio todas las desapariciones forzadas a la luz de las obligaciones internacionales, de manera exhaustiva e imparcial, independientemente del tiempo transcurrido desde el inicio de las mismas.
Eliminar todos los obstáculos jurídicos de orden interno que puedan impedir tales investigaciones judiciales de los casos de desapariciones forzadas.
Desarrollar una mayor capacitación permanente a jueces y fiscales sobre la Declaración y otros instrumentos internacionales.
Adoptar todas las medidas necesarias legislativas y judiciales, para asegurar que las desapariciones forzadas no sean crímenes sujetos a amnistía, en particular privando de todo efecto a la errónea interpretación judicial dada a la Ley de Amnistía de 1977.
Revisar las reformas legislativas que limitan indebidamente el ejercicio de su jurisdicción universal sobre actos de desaparición forzada.
Prestar el debido auxilio judicial, incluyendo el suministro de todas las pruebas que obren en su poder, en lo que respecta a cualquier procedimiento relativo a delitos de desaparición forzada que se lleve a cabo en cualquier país por casos de desapariciones forzadas en España.
En relación a las recomendaciones del Relator Especial:

Mostrar un compromiso decidido del Estado por darle vigencia plena, con carácter prioritario, a los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición en relación con las desapariciones forzadas cometidas en España en el pasado.
Fortalecer los programas de formación de funcionarios públicos, incluidos el Poder Judicial y las fuerzas de seguridad, en materia de derechos humanos e incorporar materias relacionadas con la historia de la Guerra Civil y el franquismo.
Promover una mayor conciencia acerca de las obligaciones internacionales en materia de acceso a la justicia, el derecho a la verdad y las garantías del debido proceso y darle expresión institucional adecuada a esas obligaciones.
Valorar las alternativas y privar de efecto las disposiciones de la Ley de Amnistía que obstaculizan todas las investigaciones y el acceso a la justicia sobre violaciones graves de los derechos humanos cometidas durante la Guerra Civil y el franquismo.
Asegurar la colaboración de la justicia española con procedimientos judiciales en el exterior y tomar medidas contra el debilitamiento del ejercicio de la jurisdicción universal por parte de tribunales españoles.
Identificar mecanismos idóneos para hacer efectiva la nulidad de las sentencias adoptadas en violación de los principios fundamentales del derecho y del debido proceso durante la Guerra Civil y el franquismo.
[1] 1 Informe del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias A/HRC/27/49/Add.1, 2 de julio de 2014, e Informe del Relator Especial para la promoción de la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de no Repetición, A/HRC/27/56/Add.1, 22 de julio de 2014.

Firman esta carta:

Carlos Villán Durán, presidente de la AEDIDH
Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España
Jacinto Lara Bonilla, presidente de la APDHE
Lydia Vicente Márquez, directora ejecutiva de RIS

jueves, 4 de septiembre de 2014

“Podemos”, un fenómeno mediático que pretende ser político, por Ángeles Díez

Nunca antes una candidatura electoral tuvo que ser tan justificada. Nunca un candidato tuvo que explicar tanto por qué se presentaba a las elecciones, ni tuvo ningún nominado a candidato que convencer a sus posibles electores de que se autoproclamaba candidato aunque en realidad eran los electores quienes, aun sin saberlo, le proclamaban candidato. Nunca un aspirante a representante tuvo tantas veces que decir que no aspiraba a representar a quienes se negaban a ser representados aunque en el fondo sí representaba lo que ellos proclamaban. Ni tuvo que decir tantas veces que su propuesta era de unidad y participación. Ni hubo candidato a las elecciones europeas que “desde abajo y desde la izquierda” tuviera tanto apoyo desde arriba y desde la derecha, desde los medios masivos y desde los medios alternativos.

El “we can” español ha tambaleado de nuevo la convulsa vida social volviendo a colocar en el terreno de la contabilidad política el conflicto social. Este desenfoque, este tratar de embridar de nuevo al 15 M, es decir, tratar de encauzar el recalentamiento social que tan peligroso resulta para la institucionalidad se intentó ya en los primeros momentos del estallido social que significó el 15M.

Mayo del 2011 fue la peligrosa eclosión de la doble crisis que vive este país: la económica y la del sistema político. La primera, común al resto de Europa, no supone mayor peligro para el poder que la implementación de un nuevo ciclo de acumulación corrigiendo los desmanes –según las instancias económicas- del capital financiero, el reto está en conseguir la aceptación social combinando la represión y el control ideológico. Pero si el sistema político entra en crisis y si resulta incapaz de controlar el conflicto, entonces, empiezan a sonar las alarmas. Son esas mismas alarmas que empezaron a sonar a mediados de los años 70 cuando el modelo económico español daba muestras de agotamiento, la muerte del dictador y el conflicto social suponían un cierto peligro para la continuidad del régimen capitalista. Peligro cierto o mera posibilidad el capital no escatimó medidas preventivas.

Ahora, como entonces, el presente sólo puede leerse desde el pasado. Dice Bensaïd “quien no tiene memoria ni de derrotas ni de victorias pasadas tampoco tiene demasiado futuro. El puro “presente del grito” no construye una política” 1 Como entonces, este presente de continuos estallidos, de calmas tensas, de búsquedas de referentes, no constituye en sí mismo una propuesta política (de poder), ni es en sí mismo un proceso revolucionario, aunque lleve en su seno gérmenes revolucionarios y apunte a crear las condiciones subjetivas para la ruptura revolucionaria. Los gritos de estos últimos años (Prestige, No a la guerra, 15M, Stop desahucios, escraches, mareas verde, blanca, los mineros, las huelgas sectoriales, Gamonal) expresan resistencias con una potencialidad revolucionaria que no se está dando en ninguno de los países europeos, ni siquiera en los del sur –Grecia, Portugal, Italia- afectados en igual o mayor grado por el saqueo económico pero quizás menos marcados por la deslegitimación del sistema político. El 15M ha significado y significa la convergencia de las potencialidades presentes, la posibilidad de construcción de un sujeto político transformador, de ruptura con la institucionalidad del régimen, de momento sólo una posibilidad.

A mediados de los años setenta España vivió una encrucijada parecida. Entonces se planteó el dilema: ruptura o reforma. Del lado de la ruptura, consciente o inconscientemente, los jornaleros, los obreros explotados, los parados, los jóvenes sin futuro, la memoria de las víctimas del franquismo, los fusilados de las cunetas, los represaliados políticos… Del lado de la reforma, la clase política emergente, los nostálgicos resignados, las clases medias amenazadas, los obreros acomodados, los aspirantes a europeos, los intelectuales miedosos… Del lado de la ruptura, la memoria. Del lado de la reforma, el olvido.

Nuestra guerra civil fue un momento de excepcionalidad donde la explotación, la miseria, el hambre, pero también la conciencia de otro mundo posible construyeron el poder popular que se enfrentó al fascismo –el de dentro y el de fuera. No se fracasó, se sufrió la primera derrota del siglo XX, nuestra segunda derrota fue la Transición. A finales de los años 70, el miedo del poder a una posibilidad revolucionaria decantó el proceso hacia la reforma que llamaron la Transición española. Un producto que posteriormente tendría un alto valor de exportación. Todos los poderes, constituidos y constituyentes, se articularon en una estrategia común para conjurar la ruptura.

También entonces el conflicto social se daba en todos los ámbitos, en los centros de trabajo, en los barrios, en el campo, en la educación. La institucionalidad política, lastrada por el aparato franquista, se mostraba incapaz de reconducir el proceso. De ahí que, desde fuera y desde dentro, hubiera que favorecer y alimentar una “tercera vía”: un líder, una consigna vacía y un consenso. El régimen se travestiría, el miedo de los intelectuales –siempre con un pie en el estribo- los convertiría en bisagras de la reforma, las promesas europeistas alimentarían las esperanzas de bienestar, y la democratización del consumo sedaría los cuerpos y las mentes. Así se fraguó, desde el poder el centro de la UCD, luego el cambio del PSOE, después la democracia de todos los partidos.

En la coyuntura actual, tomando cierta distancia respecto de la retórica mediática. La propuesta de la plataforma Podemos, no se diferencia gran cosa de la propuesta normalizadoraque significó la Transición española. La diferencia más significativa es que las elecciones se han convertido en el instrumento normalizador, en el cauce adecuado para restaurar elorden, igualmente adecuado para una derecha sin legitimidad suficiente y para una izquierda aún asustada por la guerra civil. Ilustración de esta situación es la valoración tan positiva de la policía, según el barómetro del CIS (Centro de Investigaciones Sociológicas), justo cuando aumenta la represión.

Desde el 2011 cuando el 15M visibiliza el resquebrajamiento de la legitimidad del sistema político (“lo llaman democracia y no lo es”, “no nos representan”) el régimen baraja distintas opciones de continuidad: a) la restauración autoritaria (aumento de la represión y el control social, silenciamiento de las protestas, estabilización del sistema económico, amedrentamiento de las clases medias, reforzamiento de la ultraderecha), b) un gran pacto de salvación nacional (acuerdos entre la clase política para garantizar la estabilidad económica) c) canalización y normalización de la protesta.

Los dos primeros escenarios no están teniendo ni los apoyos ni la fuerza suficiente, el primero encuentra rechazo en Europa, demasiado riesgo para la economía, el segundo carece de base social, el tercero está por testarse, todo dependerá del acierto en la elección de los personajes a promover, de la potencia de las consignas y de la fabricación del consenso necesario. Objetivamente, el “we can” español se inscribe en este tercer escenario. Evidentemente, nada de lo que aquí planteo es el resultado de ninguna conspiración, se trata sólo del resultado no intencional de acciones que sí son intencionales. Es la propia coyuntura la que favorece, la que genera la oportunidad, para el lanzamiento de una figura mediática que viabilice una opción consensuada. Se trata de una coyuntura distinta a la del 2009 cuando Izquierda Anticapitalista, escindida de Izquierda Unida (IU) no contaba con ninguna figura capaz de arrastrar el voto de la izquierda social que perdía IU; ahora parece haberla encontrado.

Medios de comunicación, liderazgo e institucionalización son las tres patas que tratan de estabilizar la “democracia” española, o lo que es igual, de legitimar el golpe autoritario que necesita la economía. Si el conflicto social no hace viable la relegitimación de los partidos políticos la opción más razonable –desde la perspectiva del poder- será la relegitimación del sistema por la vía electoral. Frente a la acumulación de poder que representa Gamonal, frente a la reapropiación de lo político o frente al conflicto transformador, la vía electoral de Podemos sería la opción más viable para la continuidad del régimen.

Un proceso revolucionario es una potencialidad que aspira a convertirse en probabilidad. En el camino se entreveran momentos de calma con estallidos sociales y ambos tributan al proceso de acumulación de poder. Pero también en estos momentos las fuerzas conservadoras hacen su trabajo. Desde el punto de vista del análisis político este me parece que es el momento que vivimos.

Mi abuela que era campesina, religiosa y de Valladolid decía que “de buenas intenciones está empedrado el camino del infierno”.

El fetiche del poder o la confusión entre opción electoral y opción de poder

En la encrucijada política y en la coyuntura que vive el Estado Español la opción electoral no es una opción real de poder, me refiero a una alternativa de poder popular. Sin embargo, desde las movilizaciones masivas del 15M no ha habido momento ni grupo político (de izquierdas o de derechas) que no haya tratado de encarrilar la protesta hacia la vía institucional, especialmente en las citas electorales. Por eso, aun a riesgo de sobredimensionar el más reciente intento de la plataforma Podemos, merece la pena abordar la reflexión sobre el carácter fetichista del proceso electoral en la coyuntura actual así como las lógicas que hacen de él el mejor instrumento de disciplinamiento social.

Cualquiera de las opciones políticas que hoy se disputan los votos asume que elegir un candidato de la amplia -o reducida, según se mire-, oferta de partidos, implica una opción de poder. Identifican así democracia con votación, tal y como el propio sistema lleva sosteniendo desde la generalización del voto, desde que se constató que gracias al manejo de la opinión pública la gente siempre acabaría votando lo correcto de modo que las elites no correrían ningún peligro de ser desplazadas por las clases populares. Asumen también que es la vía aceptable para cambiar las cosas. El campo de la política queda así reducido al ámbito institucional. De la misma forma que ocurrió en nuestra primera transición –sostengo que estamos viviendo una segunda transición- se trata de despojar a lo social de su componente político por la vía de la institucionalización del conflicto, o lo que viene a ser igual, neutralizándolo al colocarlo dentro de los márgenes de lo aceptable. Todas las opciones políticas actuales parten de la aceptación de las reglas de juego, las mismas que hacen inviable que este sistema representativo se transforme en una democracia. Incluso aquellos que sostienen ser anticapitalistas aceptan la forma política del capitalismo.

Sin duda el discurso admite la paradoja de negar que estemos en una democracia al tiempo que se sanciona esta democracia aceptando los cauces institucionales, admite contracciones tales como presentarse a unas elecciones compitiendo por la captación de votos al tiempo que se dice que se presentan porque estas elecciones europeas no significan nada, se está en contra del liderazgo al tiempo que se potencia al líder mediático, se afirma querer dar voz a los sin voz al tiempo que se les trata de incapaces y de no saber lo que quieren. Porque en el fondo, parecen decir, las masas quieren que se gestione políticamente su protesta.

Si alguna virtud tienen los procesos electorales es la de sacar a la luz el abanico extenso de contradicciones de los discursos políticos. En estos momentos es muy difícil distinguir entre posibilismo y oportunismo, entre los deseos y los intereses. Pero la campaña del “spanish we can” ilustra como ninguna lo que da de sí la retórica ilustrada, o la versión nacional de los reality show americanos. Por lo demás, las estratagemas retóricas no harán sino desarmar el conflicto social sin apenas arañar el fetiche del sistema.

Como instrumento de disciplinamiento las elecciones han devenido en fetiche, es decir, objeto al que se le asignan propiedades mágicas. Carlos Marx acuñó el concepto de fetichismo para referirse a la mercancía en tanto que producto manufacturado que oculta las relaciones de trabajo bajo las cuales fue producido. Los procesos electorales en el contexto actual no significan poner en manos de la gente opciones de poder y sin embargo se nos presentan como si lo fueran. Por otro lado, las reglas que rigen estos procesos permanecen ocultas mientras que, el voto, aparece como proceso neutro, mero procedimientos para seleccionar a los candidatos según las preferencias de la gente. Pero, como decía Badiou reflexionando sobre las elecciones presidenciales francesas de 2002, “En realidad, existe una distinción fundamental entre “ser candidato” y estar en un lugar que indica la posibilidad de un poder”. El acceso a esa clase de lugar se decide de otro modo y según criterios distintos a los de la candidatura 2 ”.

El hecho de que algunas opciones electorales que se auto proclaman transformadoras, puedan llegar a disputar alguna plaza en la arena política sólo significa que se ajustan al principio de la homogeneidad, es decir, “que se sabe a ciencia cierta que no harán nada esencialmente diferente de lo que hicieron quienes los precedieron” 3 . La alternancia en las instituciones de los que se consideran “enemigos políticos” favorece la labor disciplinante del voto ya que la alternancia implica que la opción que ha conseguido alcanzar el lugar de relevo no ha tomado ninguna medida para hacer que su ascenso fuera imposible. Sin duda, el discurso es otra cuestión. Como decíamos anteriormente los discursos pueden seguir siendo radicales e incluso de ruptura. Lo importante es elaborar un producto político homologado en la práctica.

En octubre del 2011, antes de las elecciones nacionales, escribí una reflexión titulada “Todos tienen prisa por institucionalizar al movimiento 15M” 4 , en ese momento analizaba el dato curioso de que tanto intelectuales de izquierda, partidos como el PSOE o el PP e incluso algunos grupos del 15M hicieran constantes llamados a que la protesta de las calles se canalizara, bien convirtiéndose en una opción política, bien apoyando a alguna opción ya constituida o transformándose en grupo de presión al estilo lobby americano. A día de hoy ninguna de estas vías ha cuajado por lo que, desde las instancias de poder, la inestabilidad política se sigue considerando un riesgo para la estabilidad económica, es decir, para la continuidad, sin sobresaltos, del enriquecimiento de las elites.

Los resultados electorales de noviembre del 2011 fueron un balón de oxígeno para el régimen y para sus dispositivos políticos pues, aceptada la mecánica electoral, se relegitimaba el sistema aunque fuera de forma precaria y se garantizaba la continuidad de los cambios tales como el golpe de mano que significó la aprobación de la reforma del artículo 135 de la Constitución.

En nuestra primera transición la consigna electoral del cambio, el liderazgo made in USA-UE de Felipe González, el disciplinamiento del PC y la aceptación de la monarquía y de las reglas de la nueva institucionalidad, hicieron viable la nueva fase liberal. No era falso que se estuviera por el cambio: se desmanteló el sistema productivo con la famosa reconversión industrial, se liberalizó, se privatizó, se inició la desregulación del mercado de trabajo, se construyeron las bases de la burbuja inmobiliaria, etc. Algo del régimen cambió, algo del mismo continuó, y lo sustantivo, la continuidad de la acumulación de las elites y la explotación, se mantuvieron.

En la coyuntura actual, con o sin el disciplinamiento electoral, las cosas van a seguir cambiando, se va a seguir recortando el gasto público, aumentará la precariedad laboral y los trabajos miseria, se deteriorarán más aún si cabe todos los servicios públicos, aumentará la represión de la protesta, su criminalización y su silenciamiento mediático…Todos estos cambios son necesarios para terminar de implantar la nueva fase de acumulación económica. La doctrina del shock se aplica en nuestro país adaptada a la complejidad autóctona y a nuestra ubicación en el sur de Europa. Sin embargo, para ser implementada necesita poner de nuevo en valor al maltrecho sistema político. Recuperar el consenso respecto de la institucionalidad, es decir, volver a apuntalar el sistema fisurado. En este sentido, las elecciones hoy siguen siendo el instrumento más eficaz de legitimación del sistema político y de disciplinamiento social: dentro del sistema todo, fuera del sistema nada.

De forma muy intuitiva la población española que se movilizó masivamente siguiendo la consigna “no nos representan” expresaba la distancia entre opción electoral y opción de poder. En una “no democracia” ninguna opción electoral representa al pueblo. Que las elecciones posteriores no reflejaran, a través de la abstención, el rechazo masivo al sistema representativo no puede interpretarse, como parecen suponer nuevas formaciones políticas, como la inexistencia de la “opción electoral adecuada”. Caben otras interpretaciones. Una de ellas pasa por poner en relación el presente con la historia de nuestro sistema político. Es decir, el valor simbólico que el voto tiene para las generaciones que han vivido la dictadura franquista y también para aquellas que han sido socializadas en la estandarización europeista.

Otra interpretación sobre la aceptación generalizada del instrumento electoral la encontramos en la cultura política que ha generó la primera transición. Una forma de identificar lo político única y exclusivamente con lo institucional. La atomización y el encauzamiento de la sociedad civil a través del asociacionismo; y el rechazo al conflicto (identificado siempre con violencia) Quien se mueva no sale en la foto, diría Alfonso Guerra, pero la realidad es que quien se moviera aparecería en las fotos de comisaría. En esta segunda transición el poder de las elites circula entre la búsqueda del consenso, sumando adeptos al espectáculo electoral, y la represión y la violencia para los indisciplinados.

Los nuevos partidos surgidos al rebufo del 15M como el partido X, o formaciones como Equo, o la plataforma Podemos, hacen una lectura interesada e instrumental de las esperanzas y deseos que, a modo de fetiche, se depositan en el proceso electoral. En el mejor de los casos juegan al “como si” del voto, hagamos como si fuera otra cosa distinta a la que es, como si fuera algo más que un instrumento del sistema, en el peor de los casos, asumen las elecciones como el mejor camino de promoción corporativa, alcanzar una cuota de poder para su grupo a cambio de la pacificación social. De ahí que, para la plataforma Podemos, todas las energías se dirijan a captar votos vengan de donde vengan. De la izquierda transformadora, de sectores reaccionarios, cuasi-fascistas, de progresistas, de clases medias, de intelectuales, de gente común y corriente. Un vistazo a la propuesta electoral y a los siete puntos que, según su líder mediático, definen quién está con él y quien no, no dejan lugar a dudas. Como en su día el PSOE o como el slogan de la Coca-Cola, el producto ha de ser para todos, para la gente común; solo así se puede aspirar a ganar. Se rebajan las demandas, se vacía el discurso, se eluden temas escabrosos, se recogen las consignas más impactantes y con más seguidores en twitter, y se convierte en enemigo al resto de las fuerzas políticas a las que se disputa cuota de mercado.

En la coyuntura actual remozar el sistema político sólo se puede hacer con nuevas caras más mediáticas, con nuevos mensajes más postmodernos y con el reciclado de propuestas novedosas procedentes de la protesta social (autogestión, participación, horizontalidad…).

La institución electoral está sacralizada porque lo está el sistema representativo al que llamamos democracia. La fe electoral se alimenta de la impotencia, el miedo al vacío, la desesperanza o la falta de ánimo para cambiar las cosas. Pero esta sacralización es en parte responsable del estrangulamiento de las alternativas de poder popular que únicamente se hacen visibles a través de situaciones de conflicto como las movilizaciones contra los desahucios, los escarches, la toma de supermercados por el SAT (Sindicato Andaluz de Trabajadores) o la rebelión vecinal de Gamonal.

El miedo, la vergüenza, el aislamiento, son lo que nos conduce a la mistificación del voto, a reproducir la lógica del fetiche que no tendrá más resultado que ahogar en la impotencia las esperanzas democráticas de este país. Pero no podemos olvidar que todavía, en la memoria colectiva que se transmite de generación en generación, perdura la utopía posible de una democracia, y los conflictos, los presentes y los que están por llegar son sólo síntomas que tratan de convertir en probable lo que de momento sólo es una posibilidad: la democracia.

De instituciones, de votaciones y de líderes

En la coyuntura actual la institucionalización es el camino para la desactivación del conflicto, las votaciones el método para la legitimación del sistema y al liderazgo político se accede por aclamación mediática.

El surgimiento de una nueva opción electoral como Podemos que aprovecha la oportunidad abierta por la doble crisis económica y política no es nuevo, opciones como Ciutadans, UPyD, IA, Equo, Partido X 5 … salieron al paso del inicio de la deslegitimación institucional y de la desafección política. Lo novedoso es el nivel de deslegitimación alcanzado por la clase política en los últimos años que hace improbable una regeneración del sistema apoyándose en rostros ya marcados. De ahí que, una Segunda transición que conjure la ruptura necesita neutralizar, de nuevo, los elementos más radicales, canalizar y desactivar el conflicto por la vía del voto para que la política siga siendo el espacio donde se negocian intereses pero no donde se disputa el poder. Insistimos en que en la coyuntura actual la opción electoral no es una vía de acceso al poder, no es el lugar donde se disputa.

El filósofo alemán Hegel entendía que las principales tareas del Estado en la nueva sociedad burguesa eran: ideológicas y políticas. Pero del siglo XVII a la actualidad, el Estado, como la economía capitalista, han sufrido un proceso de naturalización y objetivación. Percibimos al Estado burgués como El Estado –desprendido de su concreción histórica y de clase-, a la política como una técnica, y a la economía capitalista como la economía en sentido genérico (la forma de resolver las necesidades de la vida en comunidad). De la misma forma que la economía ha perdido el adjetivo “política” -para hacernos creer que detrás no existe ningún tipo de relación de poder sino el devenir objetivo y natural de las fuerzas abstractas del mercado-, la política, se ha despolitizado, es decir, desideologizado.

Esto quiere decir que la política se nos presenta como una técnica (gestión y administración de recursos), como una actividad que realizan los especialistas, los políticos, como un ámbito en el que la participación de los ciudadanos consiste en elegir a los gestores correctos y, en caso de no estar satisfechos con su actuación la posibilidad de cambiarlos cada cierto tiempo. Poco más o menos como actuaríamos en el mercado eligiendo un producto u otro en función de su presentación. En la política moderna no se pone en juego el poder, sólo su apariencia pública.

La política despolitizada nos dibuja pues un tablero en el que no hay contradicciones irresolubles, por ejemplo entre el Capital y el trabajo, sino meras negociaciones de intereses, en el que los políticos elegidos según la fuerza del número de votos obtenidos estarán en mejor o peor condición, se nos dice, para negociar los intereses de sus representados. El conflicto de clases, la explotación, no puede trasladarse a la política porque en el mismo momento en que una opción de poder real, popular, tuviera alguna posibilidad de convertirse en hegemónica, sería criminalizada y sacada fuera del tablero de juego. Así, mover ficha en un tablero trucado y con las fichas marcadas sólo podrá acrecentar el desánimo y la impotencia, a la vez que estigmatizará cualquier reivindicación o conflicto que se de fuera de los cauces establecidos.

La única vía posible para repolitizar la política, es decir, para que el parlamento vuelva a ser el lugar en donde se disputa el poder es la acumulación de poder por parte de las clases populares, acumulación capaz de cambiar el tablero, las fichas y las reglas.

Hacer cada vez más visible el conflicto y lo que tiene de universal el conflicto particular y concreto debería ser hoy la tarea fundamental de cualquier liderazgo político que aspirara a transformar este país. Esta es la vía abierta por el 15M cuando ocupa las plazas y las calles, es también el camino que abre el SAT (Sindicato andaluz de trabajadores) cuando ocupa tierras, es la vía de la PAH (Plataforma de afectados por la Hipoteca) cuando para desahucios, son los mineros cuando marchan a Madrid haciendo confluir múltiples mareas, son los maestros, los trabajadores de la salud, los trabajadores de la limpieza, son los vecinos de Alcázar de San Juan contra la privatización del agua, son las más de 36.000 manifestaciones y concentraciones en el 2012 6 . Es la lucha de los vecinos de Gamonal en vez de la opción electoral de Podemos .

Sin embargo, frente al conflicto capaz de variar la correlación de fuerzas el propio sistema despliega el capital simbólico acumulado durante la transición: los órganos de representación y las elecciones como única relación posible entre lo político y lo social. Los miedos, las amenazas y el conservadurismo generalizado hicieron el resto. En este país no caben las revoluciones sino las transiciones.

Se nos convence de que no habrá nunca victorias totales, de que frente a la violencia de las calles está la paz de las instituciones, de que no hay logros posibles que no sean convenientemente pastoreados, de que es esta democracia o el caos, el orden institucional o el fantasma de la guerra civil, se nos dice.

La política despolitizada se construye sobre el dogma de la política como técnica no sólo de gestión sino de pacificación del conflicto social por la vía de la institucionalidad. De las tertulias que simulan el enfrentamiento, al parlamento, de los intereses irreconciliables, a la negociación razonable, del pueblo, a la ciudadanía y de las mareas, al candidato. Estos son los recorridos que traza la reproducción del sistema. Las votaciones, no significará variación alguna en las relaciones de poder y explotación; y cualquier opción que tomemos de cara a las citas electorales será una opción incoherente, en el fondo, una trampa postmoderna en la que partiendo de nuestros deseos de transformación, de la defensa de nuestros intereses y de la crítica al sistema nos convertiremos en cómplices necesarios de su reproducción.

¡Orden, orden, formen una plataforma electoral!

La democracia no es un término que pueda descontextualizarse. Como cualquier concepto, como las elecciones, es una construcción histórica que ha devenido ideología legitimadora de los sistemas políticos modernos. Apelar a la democracia griega del siglo V a.c. o traducir literalmente el término como poder del pueblo es un recurso retórico útil para que los profesores de ciencias políticas ilusionemos a nuestros alumnos con una esperanza hueca que no tardan en arrojar a la papelera cuando ponen un pie en la calle. Las revoluciones modernas, la británica, la francesa y la norteamericana, no fueron revoluciones democráticas, aunque llevaran en su regazo algunos elementos revolucionarios, aunque algunos de sus pensadores tradujeran estos elementos a concepciones ideológicas revolucionarias.

La ilustración parió pensadores revolucionarios -el mismo Carlos Marx es hijo de la ilustración-, y sembró semillas transformadoras, pero sobre todo fueron momentos en los que se construyó el sistema político moderno, el Estado burgués (o Estado de Derecho), que necesitaba el modo de producción que comenzaba a convertirse en hegemónico: el Capitalismo. Los liberales anglosajones, que siempre han sido más claros y han tenido menos prejuicios, estuvieron en contra de la democracia pues tuvieron claro que era incompatible con el libre mercado. Pero igualmente tuvieron claro que utilizar el término democracia para designar a los sistemas representativos era la mejor forma de legitimarlos ante el pueblo aunque se corrieran algunos riesgos. Porque si todos somos iguales ¿qué es lo que otorga a unos el derecho a mandar sobre otros? ¿Cómo se justifica la obediencia? El derecho a elegir, el derecho al voto, es el mecanismo que legitima a unos para gobernar sobre otros, si nosotros los hemos elegido libremente hemos de obedecerlos.

El Estado y las votaciones dejan de ser instrumentos de las elites cuando hay en marcha un proceso de construcción de soberanía popular. Esta situación ha sido posible en algunos países latinoamericanos, Venezuela, Ecuador y Bolivia; y su influencia y estrategia integradora han arrastrado a otros gobiernos del área. Pero interpretar que estos procesos democráticos han sido posibles gracias a la conformación de mayorías electorales es una visión miope si no interesada que invierte la relación causa-efecto. La traslación mimética de estos procesos a una realidad tan distinta como la española sólo es posible desde la simplificación más burda y manipuladora, y su intencionalidad no es otra que la de generar el efecto propaganda. Ningún proceso de transformación social es el resultado azaroso y casual de la historia, lo cual no quiere decir que no haya cierta dosis de casualidad; el azar se da sobre lo ya construido y puede actuar a favor o en contra de la transformación.

Orden, dirección y estabilidad son las características de la institucionalización burguesa. Son las garantías que exige el Banco Central Europeo. Son los rasgos sustantivos que garantizan la reproducción del capitalismo en su fase actual, la que David Harvey llama acumulación por desposesión. Dicha acumulación, dada la trayectoria de nuestro sistema político sólo puede realizarse con una combinación adecuada de consenso y represión. De ahí que junto con las constantes propuestas de regeneración del sistema político se ponga en marcha la llamada “ley mordaza” o la reforma de la ley penal. De ahí que ante las crecientes mareas de movilización social se promuevan opciones electorales.

Sin embargo, las instituciones actuales, desde la jefatura del Estado (la monarquía), la judicatura pasando por el parlamento y los cuerpos de seguridad del Estado, no son reformables. Como decíamos en la parte segunda de este análisis la Transición española no enlaza con la institucionalidad previa a la guerra civil, no rescata la legitimidad democrática de la Segunda república sino que reformula la institucionalidad franquista. En un primer momento el régimen se trasviste pero se le ve demasiado el rabo al diablo. En la primera Transición los nuevos rostros del PSOE y la campaña electoral a la americana 7 diseñada como una campaña publicitaria por Julio Feo hicieron la labor disciplinadota que el antiguo régimen era incapaz de cumplir. Pero nos encontramos en un momento mucho más crítico que a principios de los años ochenta, en estos momentos hay opciones ya quemadas. La degradación del sistema político (la corrupción) que, según los informes alemanes es el mayor factor de desestabilización de nuestro país deja sólo dos opciones abiertas, una de ellas la franquista de los años sesenta: los tecnócratas a la política, la otra, una versión postmoderna del “cambio”: nuevas caras y promesas de honestidad.

Institucionalización y legalización van de la mano. La institucionalización ordena, estabiliza, reparte funciones, asigna tareas. Es un proceso de racionalización cuya función principal en las sociedades modernas es desactivar el conflicto canalizándolo si se trata de opciones negociables o sacándolo fuera (criminalizándolo) si no se puede institucionalizar. Desde el estallido del 15M ninguna de las movilizaciones sociales han buscado una “gestión institucional” de ahí las resistencias al proceso de institucionalización, de ahí el riesgo posible (aunque todavía no probable) de ruptura con el orden actual.

En este proceso de aumento constante de la conflictividad social muchos intelectuales, académicos y políticos han sido desplazados de los espacios de conflicto, o simplemente no estaban allí. La movilización social los ha reducido a meros acompañantes de los procesos, ni interlocutores, ni guías, ni expertos ni líderes. Muchos se han sentido defraudados, algunos han repudiado al vulgo ignorante, los menos han tomado el testigo del compromiso, y alguno que otro ha creído ver su oportunidad de salir del segundo plano para desempeñar un papel protagonista. ¿Por qué esperar a que haya una sociedad revolucionaria? ¿Y si nunca se da?

¡Votad, votad, malditos!

Cuando no existe un poder popular acumulado, las elecciones son el instrumento que legaliza y legitima el poder de las elites, son un fiel reflejo de las relaciones mercantiles, si no fuera así no habría elecciones. Los sistemas representativos modernos ponen en el mercado del voto las opciones posibles y la única libertad de los ciudadanos es elegir entre ellas. Si las instituciones, las que resultan de la hegemonía capitalista, se nos venden como productos neutros, como cascarones vacíos a la espera de ser ocupados por los sujetos adecuados, el procedimiento homologado para tal función es el electoral.

El voto es el primer instrumento de delegación de soberanía de nuestros sistemas. Es el ejercicio político al que queda reducida la participación social. Es además un acto individual, resultado de la concepción de la política también como un sumatorio de voluntades individuales. Una vez ejercido, el ciudadano puede volver a casa tranquilo, ha transferido la responsabilidad de la toma de decisiones políticas, ha depositado en el otro su voluntad para que ese otro haga lo que pueda, lo que le dejen o lo que quiera.

Cuando no existen mayorías sociales –estar en una misma situación de explotación no supone ser una mayoría social ya que para ello se necesita una misma conciencia de identidad de clase-, el voto es el constructor de las mayorías políticas postmodernas, desideologizadas, es decir, el gusto, la simpatía, la presentación del candidato, no la ideología, ni la práctica política, son los referentes de la elección.

Igual que ocurre en el mercado para otras mercancías, la concurrencia de los ciudadanos no es una concurrencia libre, está relacionada con su capacidad de compra, en el caso de las elecciones, de su cultura política, de su implicación en organizaciones, de su mayor o menor exposición a la influencia mediática. Como en el mercado, no existe una competencia real ni entre las distintas opciones ni entre los líderes correspondientes. El sistema es básicamente homogéneo. Las reglas electorales homogenizan el sistema.

Quinto Tulio Cicerón daba unos consejos a su hermano mayor en su campaña para el consulado: “Una candidatura a un cargo público debe centrarse en el logro de dos objetivos: obtener la adhesión de los amigos y el favor popular”. 8 Como vemos, ya en el año 64 antes de nuestra era, los intelectuales señalaban las pautas necesarias para lograr ser elegidos. Ambas pautas implican que las campañas electorales recauden apoyos de personas relevantes, que los contenidos de los mensajes sean lo más genérico posibles para no crear conflicto entre los posibles votantes y que se centren en los temas de mayor preocupación popular.

Todos los programas de acción de las opciones electorales actuales se centran en movilizar a la gente para que vote no en movilizarla para resolver sus problemas, para oponerse a la coacción o para tomar el poder. De este modo el compromiso que se pide es el compromiso de saber elegir a la persona correcta. Estas opciones aceptan el chantaje al que los sistemas representativos someten a la gente: ¿Y si no votamos qué hacemos? Se apoyan aquí para sacar votos. Oportunidad y oportunismo no solo tienen la misma raíz en la coyuntura actual son clones.

El desgaste de la representación política va unido al descrédito de los programas electorales. Al igual que las etiquetas de los productos en el mercado por más que leamos su composición y sus beneficios nunca podemos estar seguros de no haber sido víctimas del engaño de la propaganda. Ante esta situación las nuevas ofertas electorales proponen que sea el propio votante quien elabore el programa, de la misma forma que Ikea nos ofrece redecorar nuestra vida por poco dinero, aquí se oferta un programa a la carta. Que sean los ciudadanos quienes indiquen sus demandas a través de la participación (electrónica preferentemente), después los expertos valorarán y confeccionarán el programa, a gusto de todos.

Para una opción electoral lo fundamental es “no quedarse fuera de juego”, dejarse de pretensiones revolucionarias si de lo que se trata es de ganar. En la coyuntura actual todo diseño ganador debe dirigirse a la gente “normal”, a la gente corriente, como en aquel anuncio de la Coca- Cola :

“Para los gordos, para los flacos, para los altos, para los bajos, para los que ríen, para los miopes, para los que lloran, para los optimistas, para los pesimistas, para los que lo tienen todo, para los que no tienen nada… para los educados, para los que sufren… para los que participan, para los que suman, para los que no se callan. Para nosotros. Para todos.”
Nada mejor que la publicidad de esta empresa, apunto mandar a la calle a cientos de sus trabajadores, para expresar la distancia entre el discurso y la práctica cotidiana. Desde el momento en que el triunfo de las opciones políticas descansa en la suma de votos, el marketing político –confundido constantemente con la comunicación política- es quien tiene la última palabra.

Por eso, los medios de comunicación como en cualquier campaña para cualquier otro producto se ponen a disposición de la simplificación de los mensajes, la única forma de que llegue a un público generalizado. Cualquier opción que pretenda ser mayoritaria tendrá que enarbolar el “sentido común” como bandera. Tendrá que elevar el “sentido común” a categoría política para tener opciones de ganar. El sentido común del comprador que se deja llevar por su intuición ante el bombardeo constante de mensajes, teniendo siempre la banal esperanza de que esta vez sí, no se dejará engañar. Así, expresiones como “participación ciudadana” “empoderamiento” “apostar por la decencia” “la patria”, etc. suplirán los contenidos de un programa político que necesariamente tendría que ser excluyente.

Dado que no hay conciencia de clase, dado que no hay un “potente movimiento de masas”, ni hay “partido que catalice el malestar social”, es decir, si hay una izquierda sin unidad e impotente y el malestar social no tiene claro a donde va, ergo, démosle una salida electoral. Si la izquierda no es una alternativa real de gobierno, dicen nuestros filósofos, apoyemos a Podemos. Como opción electoral no queda claro si estas nuevas formaciones son o no de izquierdas, o si simplemente son una alternativa de gobierno aunque no sea de izquierdas, o si nada de esto tiene la menor importancia.

Pablo Iglesias o Belén Esteban

En una entrevista a Julio Feo, ex secretario de la Presidencia y coordinador de varias campañas de Felipe González, en enero de 2011 se le preguntaba por las características que debía tener hoy un buen líder a lo que Feo contestó: Los mismos que ayer y que mañana: carisma, sentido común, claridad de ideas, honestidad, un programa y una ideología claros, y ganas de trabajar 9 . Nadie mejor que este publicista formado en una empresa estadounidense y con el aval de los éxitos cosechados para el PSOE para orientar la construcción de una opción política con posibilidades de ganar. Lo interesante es la atemporalidad de su consejo y que fuera formulado en plena crisis del sistema político, pocos meses antes de que estallara el 15M.

Suponemos que en realidad Julio Feo nos señala los rasgos que debe presentar la imagen de cualquier candidato con opciones. Todos ellos están en sintonía con lo que muchos siglos antes Tulio Cicerón señalaba como recursos que un político debía manejar para movilizar a sus electores: “… hay tres cosas en concreto que conducen a los hombres a mostrar una buena disposición y a dar su apoyo en unas elecciones, a saber, los beneficios, las expectativas y la simpatía sincera, es preciso estudiar atentamente de qué manera puede uno servirse de estos recursos” 10

No cabe duda de que la nueva opción electoral maneja todos estos recursos, especialmente las expectativas y la simpatía del posible candidato. Pero existe un handicap importante, si el público al que se dirige es “normal”, el “para todos” de la Coca-Cola, para convertirse en representante de los deseos de la gente, de sus demandas, de su hartazgo, de su indignación, entonces, la formación intelectual del candidato puede ser un lastre, una pequeña marca en el currículo. La sinceridad y la honestidad de la propuesta pueden verse menguadas por el excesivo carácter intelectual del candidato.

En realidad si se tratara de coherencia, el votante de la nueva formación tendría que elegir como candidata a Belén Esteban. La narrativa del fenómeno Belén Esteban, como en las telenovelas, muestra a un personaje de extracción popular, con poca cultura, pero honesta, en la que la representación pública del personaje coincide íntegramente con la realidad del mismo. Un personaje capaz de mantener a millones de espectadores pendientes de su historia posicionándose a favor o en contra y que es elegida como “Princesa del pueblo” por aclamación popular.

El vaciamiento de la política y el voto como legitimación del sistema se corresponden con una época post-moderna donde conviven en un mismo nivel distintas formas de entender el mundo sin que se anulen entre si, la incoherencia forma parte de los relatos políticos post-modernos. A los discursos políticos sólo se les exige coherencia en la apariencia, en la puesta en escena. Así la selección de los candidatos sólo tiene dos vías posibles: la negociación de intereses al interior de los partidos políticos, o por aclamación popular. Tan escasamente participativas la una como la otra ya que en el segundo caso dicha aclamación no es posible sin la concurrencia de los medios de comunicación.

Por otro lado, las elites ilustradas han dejado de ser valoradas positivamente dada su incapacidad y falta de compromiso con las clases populares. La oferta y la demanda cuestiona el mérito como rasgo distintivo de la clase política por eso Belén Esteban tendría más posibilidades que Pablo Iglesias aunque este último si de verdad quiere convertirse en un candidato popular tendrá que rebajar cada vez más su discurso y su puesta en escena aproximándose a la narrativa de los “famosillos” con los que la gente “normal y corriente” se siente más identificada.

Dice la investigadora María Lamuedra que los shows de tele-realidad y las historias de famosillos son formatos actuales, post-modernos, de la hibridación social. Que esta hibridación ofrece un mayor poder interpretativo a los espectadores que se pueden identificar o criticar, decodificar las historias en un orden moral maniqueo u optar por una reflexión más profunda sobre los cambios culturales. Estos formatos, nos dice, son una mutación del melodrama y cumplen una función social integradora de la burguesía y las clases populares.

Podríamos aplicar este análisis a las tertulias políticas considerándolas una mutación de los antiguos debates. En ellas, no está en juego ningún argumento, ninguna reflexión, sólo la simulación del conflicto social a través de la representación discursiva banal. Los participantes pueden, gracias a su vacío de significantes, conectar con distintas sensibilidades, unas más progresistas otras más reaccionarias.

En un sistema político que se legitima apoyándose en la suma de agregados de voluntades individuales, los medios de comunicación masiva son realmente los encargados de posibilitar estos arreglos. Son una pieza clave en la selección de los candidatos. No puede ser casualidad que sólo determinadas opciones encuentren la oportunidad de salir en los medios masivos. En este sentido, tampoco es casualidad el diferente tratamiento dado a Gamonal y a Pablo Iglesias. Los medios no sólo construyen héroes y villanos, construyen opciones y líderes políticos, todo ello sobre las movedizas arenas de las emociones.

Cambiar este país de arriba abajo no será el resultado de las buenas intenciones de ningún grupo de ilustrados, tampoco las elecciones son la pócima mágica que una vez bebida nos hará más fuertes, como a Obelix, para derrotar a los enemigos del pueblo.

Notas:

1 Daniel Bensaïd (2013) La política como arte estratégico, Viento Sur, Madrid, pág. 29

2 Alain Badiou, Circunstancias, Ed. Libros el zorzal, Buenos Aires, 2005, p. 20

3 Ibidem

4 http://www.rebelion.org/noticia.php?id=136952

5 Ciutadans surgió en el 2006, UPyD (Unión Progreso y Democracia) en el 2007, IA (Izquierda Anticapitalista) en el 2009 escindiéndose de Izquierda Unida, Equo (partido Ecologista y ecosocialista) en el 2011, Red ciudadana partido X en el 2013

6 http://www.europapress.es/nacional/noticia-primer-ano-gobierno-rajoy-mas-36000-manifestaciones-concentraciones-20130112120312.html

7 Julio Feo, secretario de la Presidencia entre 1982 y 1987, diseñó la campaña “Por el cambio” que dio el triunfo electoral a Felipe González, y trabajaba como publicista para una compañía estadounidense en esa época. En el 2004 reconoció que el gobierno de González, en 1983, contrató a una empresa americana la operación «venta de imagen» para que preparara la visita del presidente socialista a Washington.8 Quinto Tulio Cicerón, Breviario de la campaña electoral, Cuadernos del Acantilado, Barcelona 2003, p. 39

9 http://www.lahuelladigital.com/julio-feo-ex-secretario-general-de-la-presidencia-la-crispacion-funciona-y-la-derecha-intenta-que-siga-funcionando/

10 ibidem, p. 45

Ángeles Diez es Doctora en CC. Políticas y Sociología, profesora de la Universidad Complutense de Madrid.


http://www.cubadebate.cu/opinion/2014/05/27/podemos-un-fenomeno-mediatico-que-pretende-ser-politico/#.VAcggfl_u51